Pesa a algunas firmas dar factura digital

Hasta noviembre pasado, sólo 6% de los contribuyentes obligados a emitir el comprobante digital se había cambiado al nuevo sistema
Economía -
Aristóteles Núñez, titular del SAT, tendrá que darle curso a esta obligación fiscal  para aquellos que reporten ingresos mayores a cuatro millones de pesos en un año. Foto: Archivo
Aristóteles Núñez, titular del SAT, tendrá que darle curso a esta obligación fiscal para aquellos que reporten ingresos mayores a cuatro millones de pesos en un año. Foto: Archivo

CIUDAD DE MÉXICO, 7 de enero.- La mayoría de los contribuyentes, entre empresas y personas físicas con actividad empresarial que tienen ingresos mayores a cuatro millones de pesos, no han migrado al sistema de facturación electrónica, una vez que a partir del 1 de enero de 2013 ya no pueden emitir impresos, según expertos en materia fiscal, quienes advierten que esta situación generará problemas a los clientes de los proveedores de bienes y servicios, y a sí mismos.

Aseguran que son muchos los consumidores que durante los primeros días del año han tenido la desagradable sorpresa de que algunos profesionistas y negocios no les entregan la nueva factura electrónica, o tratan de sorprenderlos entregándoles una impresa, que ya no es válida para deducir gastos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a noviembre, más de 690 mil contribuyentes habían optado por el sistema de facturación electrónica, pero no dio a conocer cuántos faltan.

El experto en temas fiscales, Herbert Bettinger, afirmó que son millones los contribuyentes con actividad empresarial los que faltan por migrar al sistema por la desidia de hacerlo, pues el SAT dio un año como tiempo para hacer el cambio.

Según sus análisis, sustentados en datos publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) al tercer trimestre del año pasado, el padrón de contribuyentes estaba integrado por 38 millones de personas, de las cuales un millón 482 mil 513 son morales.

De dicha cantidad, ya facturaban electrónicamente en noviembre, según el SAT, el equivalente a 46.5 por ciento del total de las firmas registradas.

Faltarían por migrar al nuevo sistema 792 mil 513, es decir, 53.45 por ciento del total.

Pero además de las empresas, en el padrón de contribuyentes hay 36 millones 504 mil 919 personas físicas, de las que al menos diez millones tienen actividad empresarial y la obligación de facturar electrónicamente por tener ingresos superiores a cuatro millones de pesos.

Así, la suma de personas físicas y morales obligadas a migrar al sistema de facturación electrónica es de por lo menos 11.4 millones de contribuyentes, de los cuales, según el SAT, sólo han optado por ese sistema 690 mil, es decir seis por ciento de los obligados a facturar electrónicamente. La mayoría son personas físicas.

Afectaciones

Los analistas aseguran que esta situación provocará daños y perjuicios económicos a los consumidores, porque no podrán comprobar gastos deducibles de impuestos, y a las empresas y personas físicas con actividad empresarial porque perderán clientes y podrían ser multadas a corto plazo.

Los expertos pronostican que los consumidores irán en busca de proveedores de productos y servicios que sí les extiendan la factura electrónica digital que exige el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como requisito indispensable para poder acreditar los gastos deducibles de impuestos.

Ante esta situación, Herbert Bettinger y Rubén Herrero, presidente de la firma Impuestum, autorizada por el SAT para emitir e-Facturas, recomiendan que antes de comprar un bien o contratar un servicio, pregunten al proveedor si está en condiciones de entregarles el papel digital, porque de no s er así no podrán deducir de impuestos sus gastos.

Un año pasó

Cabe recordar que el 31 de diciembre de 2012 terminó la vigencia de los comprobantes fiscales impresos con el extinto esquema de impresores autorizados.

Desde enero de 2011, los contribuyentes con ingresos mayores de cuatro millones de pesos al año deben expedir facturas electrónicas, y aquellos con ingresos menores que esa cantidad pueden expedir comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional.

Para expedir comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional o facturar electrónicamente, es necesario contar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y adicionalmente  acercarse con alguno de los 55 Proveedores Autorizados de Certificación o utilizar la aplicación gratuita publicada en la página web del SAT.

Avances

“Todos los grandes contribuyentes ya migraron al nuevo sistema, pero los medianos y pequeños no, lo que significa que no pueden facturar electrónicamente y eso es un problema grave para los clientes”, dijo Bettinger.

Herrero, presidente de Impuestum, dijo que aún no se aplicarán sanciones administrativas ni multas para los contribuyentes que no han migrado al nuevo sistema de facturación electrónica, y que éstos están en posibilidad de tramitar en cualquier momento la FIEL y de acercarse a los 55 Proveedores Autorizados de Certificación para comenzar a expedir facturas electrónicas o CBB.

Sin embargo, el especialista advirtió que mientras más tarden comenzarán a tener problemas de administración, e incluso corren el riesgo de que se paralice su negocio por no hacer un trámite en un año de plazo.

No lo olvide, no hay papel

A partir de este año, todos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que emitan y reciban los contribuyentes deberán ser almacenados en su formato electrónico XML, advirtió el SAT.

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación, los CFDI deberán ser conservados en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Hasta 2012, bastaba que los contribuyentes dispusieran del formato impreso de la factura electrónica, para darle validez fiscal.

Sin embargo, a partir de este año, el SAT, a través de la resolución, indica que los contribuyentes deberán exigir el comprobante electrónico en su formato XML y guardarlo en los medios señalados.

La consultora Fiscalía refiere que en una encuesta aplicada en noviembre pasado, 21 por ciento de los contribuyentes señaló que no contaba con los medios para hacerse del archivo XML y, por tanto, no podría conservarlo.

Incluso calificó de “preocupante” que la mayoría de las empresas desconocía los requisitos para almacenar los archivos XML.

Por ello, urgió a la autoridad a que difunda, de forma clara y puntual los requisitos para que estos efectos se puedan cumplir.

Francisco Medellín, fiscalista del despacho Medellín y Asociados, dijo que de acuerdo al SAT los archivos XML deben ser guardados conforme a la Norma Oficial Mexicana 151, emitida por la Secretaría de Economía.

“La norma establece los formatos en que se deberán conservar los archivos y presentarlos a la autoridad cuando ésta los requiera, pero lamentablemente no se le ha dado la difusión necesaria”, comentó.

Tramita tu factura

Para las compañías que aún no realizan su migración al sistema de factura electrónica, éstos son los pasos que deben seguir, según información del SAT:

Requisitos a cumplir

- Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente (FIEL).

- Tramitar al menos un Certificado de Sello Digital. Éste es un documento electrónico mediante el cual una autoridad de certificación (SAT) garantiza la vinculación entre la identidad de un sujeto o entidad y su clave pública.

- ¿Para qué sirve? Los certificados de sello digital son expedidos por el SAT, y para un propósito específico: firmar digitalmente las facturas electrónicas. Por medio de ellos el contribuyente podrá sellar electrónicamente la cadena original de las facturas que emita.

- El contribuyente podrá optar por utilizar un sello digital para toda su operación (matriz y sucursales) o tramitar uno para cada una de las sucursales, establecimientos o locales, donde emita e-Facturas.

- Se debe contar con un sistema informático para la generación de las Facturas Electrónicas (el sistema informático lo podrá desarrollar usted mismo, o bien, adquirir o arrendar a un tercero)

- Enviar a validar las facturas electrónicas al proveedor autorizado de certificación.

- Quien no cumpla con este ordenamiento fiscal será multado a corto plazo.

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