Alicia Salgado

Cuenta corriente

Alicia Salgado

19 Jul, 2013

¡Sherwin Williams puede proponer!

Hace 15 días le expuse que tenía la duda de qué ley se aplicaría, si la Ley Federal de Competencia Económica de 2011 o la reforma constitucional en materia de competencia cuyo decreto ya fue publicado, en caso de que la Comisión Federal de Competencia, cuyo pleno preside Eduardo Pérez Motta, negara la concentración solicitada por  Sherwin Williams de Christopher M. Connor con Comex  de Marcos Achar.

La concentración tiene un valor de dos mil 350 millones de dólares, y si bien el argumento es que tendrían casi 60 por ciento del mercado de recubrimientos decorativos (pinturas de paredes, en pocas palabras), lo cierto es que el poder efectivo de ese mercado radica en la exclusividad de la red de distribución de venta de pinturas más grande del país, con 750 concesionarios y tres mil 300 puntos de venta.

Pues la novedad es que la interpretación es clara. Si ambos o uno de ellos se quieren inconformar, su recurso de reconsideración será admitido, pues la interpretación que ha realizado el equipo jurídico de la CFC considera que el transitorio que define que hasta en tanto no se integre el nuevo pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica establecido en la reforma constitucional y no se integren los nuevos comisionados, seguirá operando la ley vigente y por lo mismo, los que deciden dar entrada a un recurso de reconsideración serían el presidente Perez Motta y el secretario ejecutivo Ali B. Haddou Ruiz.

Las dos empresas podrían presentar la reconsideración o solamente hacerlo Sherwin Williams para pelear los argumentos esgrimidos para negar la concentración o utilizar el recurso que contempla la ley de 2011 y proponer alternativas para suavizar los efectos de dominancia que evidencia la concentración.

Igual abrir a la competencia la red de distribución o vender algo de esa red, o abrir la franquicia… en fin.  Es posible que a este pleno le dé tiempo reconsiderar, pero lo que sí no queda aún claro es el porqué si una concentración negada tiene la misma posibilidad de destrucción de valor que una megamulta o una desincorporación de activos ordenada, no puede impugnarse en amparo indirecto y obtener la garantía de la suspensión para darle certeza jurídica. También en ello puede haber error.

De Fondos a Fondo

Otro ex Banxico se suma al equipo de Grupo Financiero Banorte que preside Guillermo Ortiz. Se trata de uno de los economistas más brillantes, el doctor José Antonio Murillo Garza, quien se integra como asesor de la presidencia del Consejo de Administración, tras jubilarse como director de Análisis sobre Precios, Economía Regional e Información de Banxico, posición que ocupó desde 2008.

Él es de esas personas que todo lo “olfatean”, pues su capacidad de análisis prospectivo a partir de datos duros es precisa y seguro hará un buen equipo con el economista de Banorte, Gabriel Casillas, otro ex Banxico de brillante trayectoria.

Ricardo Álvarez-Tostado tomó la decisión de retirarse tras dirigir durante 12 años y con mucho éxito, a la farmacéutica anglosajona AstraZeneca. Durante los últimos nueve años la llevó de la posición 18 a la tres en la industria mexicana, periodo en que su crecimiento fue de doble dígito al posicionar productos como Nexium, para la enfermedad por reflujo gastrointestinal y Crestor, para el control del colesterol, a ser líderes del mercado, además de haber introducido un modelo de distribución innovador que ha sido emulado por toda la industria.

El nuevo director que se hará cargo de tomar las riendas de AstraZeneca en agosto, es el mexicano Ugo de Jacobis, quien viene de dirigir durante tres años recientes la filial de Colombia. Anterior a ello hizo carrera en el departamento de marketing de AstraZeneca México, Miami y Argentina.

La historia de la Rana-Sapo está en veremos el amparo que interpuso el Grupo Anderson’s de Eucario González contra la sentencia del juzgado 10 de lo Civil que declaró nulo el laudo arbitral con el que se pretendió invalidar el contrato de licencia exclusiva para el uso y comercialización de las marcas, incluyendo Señor Frog’s entre Grupo Anderson’s de Eucario González y Operadora Anderson’s que encabeza David Krugham, del 28 de febrero de 2002.

Esa sentencia, al quedar en firme, dejó sin efecto las medidas cautelares que había dictado el Juzgado 50 de lo Civil del DF, porque el laudo arbitral es nulo y por ende, el contrato está vigente. De ahí que no hay victorias pírricas por más que se les mediatice.

Al día de hoy el contrato de licencia continúa vigente, teniendo Operadora la exclusividad para la explotación de las marcas, aun cuando, se haya presentado el amparo, mismo que ni siquiera ha sido admitido por la autoridad federal y la suspensión solicitada le fue negada.

En efecto, el Grupo promovió en contra de esta resolución del Juzgado 10 Civil, Juicio de Amparo (jurídicamente el amparo no es un recurso, por ello, no es correcto señalar que está subjudice la sentencia del 10 civil), mismo que lo presentó ante el propio Juzgado 10 Civil, solicitando la suspensión de los actos reclamados, el juzgado 10 Civil, tuvo por presentada la demanda y negó la suspensión, pues la sentencia es declarativa y por ello, no se tiene que ejecutar nada.

El juzgado 10 Civil envió el amparo a un Tribunal Colegiado en Materia Civil, autoridad a la que iba dirigida, correspondió conocer al  Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil en el Distrito Federal expediente 372/2013, quien se declaró incompetente, señalando que debe conocer un Juzgado de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, en contra de dicha determinación.

El Grupo promovió recurso de reclamación, señalando que debe conocer el Tribunal Colegiado, y este recurso lo debe resolver el propio colegiado y está con el expediente 14/2013; dicho recurso aún no se ha resuelto, amén de que están actualmente en período vacacional los Tribunales Colegiados y regresan en agosto.

Adicionalmente, el Grupo presentó un recurso de queja, expediente 35/2013 en contra de la suspensión que le fue negada, también está en el 6 Tribunal Colegiado y tampoco ha sido resuelta, estando en período vacacional dichos tribunales.