Se agota el tiempo para legislación secundaria en telecomunicaciones

Se tiene hasta el próximo 9 de diciembre para que en el Congreso se llegue a un acuerdo que impulse la industria, la cual se mantiene a la expectativa para comenzar a realizar más inversiones el próximo año
Economía -
Ilustración: Abraham Cruz
Ilustración: Abraham Cruz

CIUDAD DE MÉXICO.- En el Congreso de la Unión no existen las condiciones, ni el ánimo para diseñar, discutir y emitir, en tiempo y forma, la regulación secundaria de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia, por lo que hay coincidencia que en 2013 no habrá ley secundaria.

Legisladores, analistas, representantes de la industria y abogados del sector coincidieron que si bien la reforma no establece castigos y sanciones para los funcionarios, sí habrá repercusiones por la incertidumbre jurídica que se generará, lo que impactará negativamente en las inversiones del sector y en los planes de negocios de las empresas.

De hecho, la prolongación de la espera podría profundizar la caída de las inversiones más allá de lo estimado para 2013.

Proyecciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y de la desaparecida Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), indican que durante el presente año la inversión pública y privada en infraestructura de telecomunicaciones se reducirá en alrededor de 27.7 por ciento.

La inversión privada en telecomunicaciones caerá en alrededor de 30 por ciento en el año, al pasar de 89 mil 543.5 millones de pesos en 2012 a 63 mil 645.7 millones de pesos en 2013.

La inversión total, pública y privada en el presente año, se ha estimado en 63 mil 645.7 millones de pesos, cuando en 2012 fue de 89 mil 543. 7 millones de pesos.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que dirige Gerardo Ruiz Esparza, ha hecho público que su propuesta de regulación secundaria ya está lista. Foto: David Hernández/Archivo

 

Riesgos de litigios

Alexis Milo, economista en Jefe para México de Deutsche Bank, consideró que en el corto plazo la inversiones podrán verse pospuestas, pero dependerá de que la regulación secundaria esté bien diseñada y sea clara para que hacia la segunda mitad del 2014 y 2015 se comiencen a observar tendencias positivas de inversión.

Explicó que, por un lado, la ley reglamentaria tiene que ser muy clara para todo el mercado, especialmente para el inversionistas extranjero y, por otro, que los cambios estén diseñados para que las empresas más pequeñas y los nuevos entrantes inviertan.

Pero al mismo tiempo, la toma de decisiones y emisión de resoluciones por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones sea sin que de por medio se encuentre la regulación secundaria que puede dar paso a litigios que entorpecerán la aplicación de la reforma e, incluso, si no se tiene el cuidado suficiente, generar acciones de inconstitucionalidad.

“La complejidad de la regulación secundaria y la carga de trabajo que tiene el Poder Legislativo no crea las condiciones propiciar para dedicar el tiempo que exige el diseño, la discusión y la emisión de ese mandato”, dijo Gerardo Flores, integrante de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Senadores.

El plazo de 180 días, que el Congreso se autoimpuso en la reforma para emitir la regulación secundaria, vence el próximo 9 de diciembre.

Adicionalmente, se advirtió que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está obligado a emitir con una serie de resoluciones para cumplir diferentes mandatos constitucionales en 180 días, plazo que vence el próximo 9 de marzo, lo que implica que tales determinaciones las deberá tomar sin que medie la regulación secundaria.

Irene Levy, presidenta de Observatel, consideró que la emisión de resoluciones que no coincidan con los posteriores mandatos que contenga la regulación secundaria, sin duda dará paso a litigios, dado que con las determinaciones del IFT los regulados adquirirán derechos.

 

Miscelánea legislativa

Se conoce como regulación secundaria de tal reforma al diseño de una ley convergente en materia de telecomunicaciones y radiodifusión que debe sustituir a la actual Ley Federal de Telecomunicaciones (Lefete) y a la Ley Federal de Radio y Televisión (Leferyt), pero además a las adecuaciones que se deben realizar a diversas disposiciones legales contenidas en diferentes ordenamientos.

A saber tales mandatos a ser ajustados son la Ley Federal de Competencia Económica; la Ley de Inversión Extranjera; la  Ley de Vías Generales de Comunicación; la Ley Federal del Derecho de Autor; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y el Código Penal Federal.

Sin  embargo, tanto Gerardo Flores, integrante de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Senadores; como Federico González Luna Bueno, presidente de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados; y Pablo Adame, presidente de la Comisión Especial de la Agenda Digital , coincidieron que el Constituyente tiene frente a sí una importante carga de trabajo.

Flores reconoció que sacar la reforma política y la reforma constitucional energética ha sido más complicado de lo que se esperaba, ya que además están concatenadas en la negociación política.

Por otro lado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha hecho público que su propuesta de regulación secundaria está lista y por ser entregada a los legisladores.

Al mismo tiempo, la diputada perredista Purificación Carpinteyro, y el senador panista, Javier Corral Jurado, han puesto sobre la mesa del Congreso dos distintas iniciativas de ley secundaria.

Sin embargo, entre legisladores se desconoce el cauce que deberá seguir el proceso, si será mediante la búsqueda de consesos, por mayoría, si se emitirá desde el Consejo Rector del Pacto por México, o cómo se procesará la propuesta del Poder Ejecutivo.

En este caso concreto es que Gabriel Contreras ya ha anunciado que será durante el presente mes que se emitirá la notificación respectiva sobre los agentes preponderantes.

Flores consideró que también existe el concepto de agente dominante, por lo que su aplicación sin regulación secundaria deberá ser muy cuidadosa.

“En este tema, como en el de la emisión de la convocatoria y bases de licitación de las nuevas cadenas de televisión digital abierta, se debe ser cauteloso y evitar que se pueda dar paso a los litigios”, dijo Levy.

 

 

LOS TIEMPOS DE LAS OBLIGACIONES CONSTITUCIONALES

  • Una vez constituido el IFT: “Los concesionarios que presten servicios de televisión radiodifundida están obligados a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde”.
  • El IFT sancionará con la revocación de la concesión a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial que se beneficien directa o indirectamente de la regla de gratuidad, a través de otros concesionarios, sin perjuicio del pago de las contraprestaciones que correspondan. También se revocará la concesión a estos últimos.
  • En un plazo no mayor a 180 naturales, a partir de la instalación del IFT, el organismo deberá emitir la convocatoria y las bases de licitación frecuencias para dos  nuevas cadenas de televisión digital abierta, con cobertura nacional (vence el 9 de marzo del 2014).
  • En un plazo no mayor a 180 días el IFT deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes, es decir que cuentan con una participación nacional mayor a 50 por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas (vence el 9 de marzo del 2014).
  • El IFT, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de su integración, establecerá las medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del agente preponderante en telecomunicaciones (vence el 9 de marzo del 2014).
  • El IFT revisará, dentro de los 180 días naturales siguientes a su integración, los títulos de concesión vigentes, a efecto de verificar el cumplimiento de sus términos, condiciones y modalidades  (vence el 9 de marzo del 2014).
  • En un plazo de 180 días naturales siguientes a su integración, el IFT recabará la información necesaria a fin de constituir el Registro Público de Concesiones (vence el 9 de marzo del 2014).
  • Nota: los integrantes del Pleno del IFT confían que se cumplirá el tiempo y forma y que incluso algunos mandatos podrían emitirse antes del plazo. De antemano el IFT ha anunciado que el primer mandato podría ser, en noviembre, la notificación de agentes preponderantes; sin embargo, no se cuenta con un calendario por tema.

 

 

LAS OBLIGACIONES DEL CONGRESO

La reforma establece que el Congreso de la Unión, una vez que entre en vigor el cambio constitucional, contará con 180 días para emitir la regulación secundaria (el plazo vence el 9 de diciembre de 2013).

El Congreso no cuenta con un calendario para diseñar, recibir iniciativas, discutir, dictaminar y votar la regulación secundaria, la cual consiste en:

1.- Ley Convergente de Telecomunicaciones y de Radio y Televisión (que sustituya a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la Ley Federal de Radio y Televisión).

2.- Adecuaciones a:

- Ley Federal de Competencia Económica.

- Ley de Inversión Extranjera.

- Ley de Vías Generales de Comunicación.

- Ley Federal del Derecho de Autor.

- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

- Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

- Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

- Código Penal Federal.

Tips para tus finanzas personales directo en tu correo.
Al registrarme acepto los términos y condiciones

  TAGS

Taboola
Icono de te puede interesar de en dineroenimagen

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR