Castigarán a deudores de la banca; Senado aprueba reforma financiera

Se crean las figuras “radicación de personas” y “retención de bienes” para recuperar préstamos
Economía -
Senado aprueba reforma financiera. Foto Excélsior
Senado aprueba reforma financiera. Foto Excélsior

CIUDAD DE MÉXICO, 27 de noviembre.- El Senado aprobó la reforma financiera en la que se crea un catálogo de medidas judiciales para evitar la morosidad o la evasión de pago del crédito recibido de parte de la banca.

Se crean las figuras jurídicas de “radicación de personas” y “retención de bienes”, para que las instituciones bancarias y financieras puedan recuperar préstamos y evitar que se escondan deudores.

También se establece que habrá candados contra prácticas abusivas hacia el cliente, con reglas claras para evitar cláusulas engañosas o el pago de crecientes intereses, así como prohibir las ventas atadas; se fortalecerá a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Las modificaciones al Código de Comercio, contenidas en la reforma, precisan que se busca crear “condiciones más favorables para el acceso a créditos y la ejecución de las garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica”.

Avalan marcaje a deudores, para tratar de evitar la mora

El Senado pone candados a los abusos contra el cliente y fortalece a la Condusef, en la reforma financiera.

Candados contra prácticas abusivas hacia el cliente, con reglas claras para evitar cláusulas engañosas o el pago de crecientes intereses, así como prohibir las ventas atadas, forman parte de los beneficios que el Senado aprobó como parte de la reforma financiera, la cual, sin embargo, crea un catálogo de medidas judiciales para evitar la morosidad o la evasión de pago del crédito recibido

Así, mientras se fortalece a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se crean las figuras jurídicas de “radicación de personas” y “retención de bienes”, para que las instituciones bancarias y financieras puedan recuperar los préstamos y evitar que se escondan los deudores.

Advierte que “quien quebrante la providencia de radicación de persona será castigado con la pena que señala el Código Penal respectivo al delito de desobediencia a un mandato legítimo de la autoridad pública, sin perjuicio de ser compelido por los medios de apremio que correspondan a volver al lugar del juicio”.

Las modificaciones al Código de Comercio, contenidas en la reforma financiera, precisan que se busca crear “condiciones más favorables para el acceso a créditos y la ejecución de las garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica a las partes que participan en la celebración de contratos de financiamiento y la recuperación de los recursos destinados a los mismos, con lo cual se mejorará la actividad crediticia en el territorio nacional y se establecerán las condiciones adecuadas para un mejor y más eficiente desarrollo de negocios”.

Precisa que en los juicios mercantiles únicamente podrán dictarse la “radicación de personas, cuando hubiere temor fundado de que se ausente u oculte la persona contra quien deba promoverse o se haya promovido una demanda”; se “reducirá a prevenir al demandado que no se ausente del lugar del juicio sin dejar representante legítimo instruido y expensado, para responder a las resultas del juicio”.

Detalla que quien solicite la radicación de personas deberá acreditar el derecho que tiene para gestionar dicha medida, que probará mediante testigos o documentos; si la petición de radicación de persona se presenta antes de promover la demanda, el promovente deberá, además, garantizar el pago de los daños y perjuicios que se generen si no se presenta la demanda; el monto de la garantía se determinará por el juez “prudentemente, con base en la información que se le proporcione y cuidando que la misma sea asequible para el solicitante”.

Si la radicación de persona se pide al tiempo de presentar la demanda, bastará la petición del actor y el otorgamiento de la garantía para que se decrete y se haga al demandado la correspondiente notificación.

Respecto de la retención de bienes, la reforma financiera dispone que se aplicará cuando exista temor fundado de que los bienes que se hayan consignado como garantía o respeto de los cuales se vaya a ejercitar una acción real, se dispongan, oculten, dilapiden, enajenen o sean insuficientes y si se trata de acciones personales siempre que la persona contra quien se pida no tuviere otros bienes que aquellos en que se ha de practicar la diligencia, y exista temor fundado de que los disponga, oculte, dilapide o enajene.

Desde tribuna, el senador perredista Alejandro Encinas, advirtió al pleno que aprobar estas medidas criminaliza a los deudores; sin embargo, su voz no fue escuchada y el pleno las respaldó para enviarlas al Ejecutivo Federal.

Ante eso, la Condusef tendrá ahora poder para emitir recomendaciones a las instituciones financieras; generar el concepto de cláusula abusiva, así como definir las actividades que se apartan de las sanas prácticas y usos relacionados con el ofrecimiento y comercialización de operaciones y servicios financieros; emitirá opinión sobre las contraprestaciones que reciban las instituciones por los servicios que ofrecen y suscribirá convenios de intercambio de información con las demás autoridades financieras.

Se crea el Buró de Entidades Financieras; el Sistema Arbitral en Materia Financiera; además se prohíben las ventas atadas; se autoriza a los clientes a transferir sus créditos de consumo a otra entidad financiera o sus operaciones bancarias a otro banco y se regulan las Redes de Medios de Disposición.

“Así se permitirá poner fin a prácticas abusivas y dañinas que han surgido en perjuicio de los usuarios financieros y mejorará de manera determinante tanto los mecanismos de protección como los medios de defensa de los referidos usuarios”, afirma el dictamen aprobado ayer.

Fortalecen crédito y banca de desarrollo

Con el voto en contra de la izquierda, el Senado aprueba la minuta.

Con el voto en contra de la izquierda y después de 11 horas de discusión, el pleno del Senado aprobó la reforma financiera que autoriza la participación regulada de más inversión extranjera, fomenta la competencia entre la banca y entidades financieras y faculta al gobierno federal para vigilar que éstas no generen crisis al país; salió al Ejecutivo federal para su entrada en vigor.

Además, transparenta los procesos de quiebras bancarias; fortalece a la banca de desarrollo para que amplíe su mercado de créditos; obliga a las instituciones bancarias a limitar inversiones en valores gubernamentales para llevar más capital al mercado de crédito.

El pleno del Senado de la República escuchó y rechazó 190 reservas, la gran mayoría presentadas por la perredista Dolores Padierna, y concretó esta reforma que faculta a la banca de desarrollo para que determine tasas, plazos y riesgo, entre otros conceptos, de las operaciones y tipos de negocio que realiza; diseñar e implementar programas para dar atención a las áreas prioritarias que promuevan la inclusión financiera en general y, específicamente, a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a pequeños productores del campo.

Le autorizan pagar a sus empleados salarios elevados, que sean competitivos con la banca privada; a incluir un sistema de control acorde con la naturaleza de cada una de las instituciones de banca de desarrollo; faculta al Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada para que administre los recursos afectos a los fondos de ahorro y de trabajo, para destinarlos al otorgamiento de financiamientos y permite a la Sociedad Hipotecaria Federal crear programas para proteger a los acreditados contra condiciones  económicas adversas no imputables a ellos.

De igual forma, la reforma financiera permite que las Sociedades Financieras Populares actúen como fiduciarias cuando cuenten con los niveles de operación más altos; robustece el marco regulatorio de las Uniones de Crédito, las cuales podrán recibir financiamientos descentralizados del gobierno federal, estatal y municipal, así como del Distrito Federal y se podrán capitalizar a través de la emisión y suscripción de acciones preferentes hasta por 25% del capital ordinario.

Además, equilibra la participación de los diversos actores que intervienen en el concurso mercantil; agiliza estos procedimientos con el objetivo de maximizar el valor económico de las empresas en beneficio de acreedores, comerciantes y empleados; inserta medidas que protegen a los acreedores y al comerciante frente a abusos que pudieren cometer otros acreedores o los funcionarios que intervienen en los procesos de concurso mercantil.

Crea el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías y el Sistema Integral de Información de Almacenamiento de Productos Agropecuarios; mejora la regulación de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, que estarán bajo la vigilancia de la Condusef.

De la liquidación bancaria, se considera la extinción de capital como causal de revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple, concepto que detonará el inicio de la liquidación; se otorga el carácter de liquidador judicial al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y se considera la participación del juez en todas las etapas de la liquidación judicial bancaria, lo que le dará certeza jurídica a las partes.

Se integra un procedimiento expedito para el reconocimiento de los acreedores de la institución; se establece un procedimiento de enajenación de bienes que se rija con los principios de economía, eficacia, imparcialidad y transparencia; se buscará en todo momento las mejores condiciones y los plazos más cortos de recuperación de recursos.

*bb

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