IFT define agentes preponderantes

El Instituto Federal de Telecomunicaciones ha definido a dos grandes empresas que deberán ser declaradas como agentes económicos preponderantes, “una del sector de la radiodifusión y otra del sector de las telecomunicaciones”
Gabriel Contreras, presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Foto: Diego Mateos
Gabriel Contreras, presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Foto: Diego Mateos

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha definido a dos grandes empresas que deberán  ser declaradas como agentes económicos preponderantes, “una del sector de la radiodifusión y otra del sector de las telecomunicaciones”, informó Gabriel Contreras, presidente del nuevo organismo regulador constitucionalmente autónomo.

Al ser entrevistado luego del acto inaugural del 11° Simposio Mundial sobre Indicadores de las Telecomunicaciones y las Tecnologías de Información que desarrolla en México la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), Contreras explicó que legalmente el IFT no puede revelar los nombres de las compañías que ya fueron notificadas y que, en todo caso, serán estos agentes los que podrán revelar la información y los detalles de la notificación.

Explicó que tales agentes cuentan con diez días para manifestar lo que consideren a su favor, y para que el IFT pueda continuar con el procedimiento para concretar la declaratoria correspondiente y aplicarles una regulación asimétrica o diferenciada a la que se establezca al resto de los jugadores y que deberá contener obligaciones adicionales.

La definición y declaratoria de los agentes económicos preponderantes se refiere a identificación de aquellas empresas con poder sustancial en mercado específicos, con el que pueden influir en materia de precios y en la imposición de barreras a sus competidores, por lo que el siguiente paso sería aplicarles una regulación asimétrica o diferenciada a la del resto de los jugadores.

La figura de la preponderancia y su determinación es uno de los mandatos que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia impuso al IFT, entre otras tareas que debe concretar en 180 días, a partir de su creación y que vencen el 9 de marzo de 2014.

Contreras comentó a Excélsior que a falta de regulación secundaria, el IFT tomará tal determinación con base en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y todas aquellas leyes vigentes.

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