Inicia AICM arrendamiento directo de espacios comerciales

El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México informó que comenzó desde el pasado 1 de enero, un proceso de regularización y firma de contratos de arrendamiento directo
Economía -
Foto: Cuartoscuro
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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de enero.- El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) informó que comenzó desde el pasado 1 de enero, un proceso de regularización y firma de contratos de arrendamiento directo de todos los espacios comerciales del área internacional de la Terminal 1.

Asimismo, dijo, se ha garantizado a los locatarios las condiciones que les permitan realizar con certidumbre sus actividades comerciales.

“Los ingresos adicionales que obtenga por este rubro, serán destinados a abatir los rezagos en diferentes conceptos, a dar viabilidad a las obras de mejora de sus instalaciones y le permitirán proporcionar servicios de mayor calidad a los usuarios”, señaló en un comunicado.

Además, la terminal aérea solicitó formalmente a Inmobiliaria Fumisa, la información y documentos originales que acrediten el estatus de la Tasa Interna de Retorno (TIR), la cual de acuerdo con las autoridades del AICM ha sido superior al 12.82 por ciento acordado.

En este sentido, señala que de acuerdo con la cláusula vigésima del contrato celebrado entre las partes el 14 de octubre de 2003, el excedente de la TIR debe ser pagado por la empresa dentro de los 90 días hábiles siguientes a la terminación de la vigencia del contrato, lo que ocurrió el 31 de diciembre de 2013.

“Derivado de varias revisiones y con base en las copias de los contratos de subarrendamiento, los auditores del AICM han establecido que la tasa obtenida por Fumisa, durante la vigencia del contrato, ha sido muy superior al 12.82 por ciento acordado”.

En el requerimiento se precisó a la inmobiliaria que el hecho de haber exhibido algunos cálculos ante un juzgado del fuero común del Distrito Federal no implica, en forma alguna, el cumplimiento de sus obligaciones con el AICM.

El AICM reiteró que la relación contractual con Fumisa concluyó por voluntad de las partes el 31 de diciembre de 2013, sin que se requiera declaración judicial de por medio y que los contratos y convenios no establecen la posibilidad de prórroga.

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