Alicia Salgado

Cuenta corriente

Alicia Salgado

13 Mar, 2014

Criterio de replicabilidad, ¿es gol o no?

Todo el  telecom industry anda alborotado. No sólo porque hacia la semana del 20 de marzo se prevé la llegada al Congreso del paquete de iniciativas que incluye a la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que por estar “tan cabildeada”, piensan que podrá salir en fast track en el actual periodo ordinario en el Congreso que termina en abril, sino por las interpretaciones y lecturas anticipadas que ha propiciado la resolución de preponderancia contra AMX-Telmex.

Dos son los temas más críticos. El efecto comunidad que se aplica con los planes Amigo a cero tarifa por los primeros cinco minutos de llamada y, el tema del roaming para las llamadas que llegan de terceros a la red del preponderante.

En el primer caso, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que preside Gabriel Contreras, pretendió resolver el efecto comunidad con la inclusión del criterio de replicabilidad (muy jurídico), que incluyó en la cláusula sexagésima cuarta del anexo 1, que afecta a todo el universo de redes móviles.

Se establece que las tarifas “promedio ponderadas” del tráfico originado y terminado dentro de la red de Telcel que ofrezca a sus usuarios de pre y pospago, deben ser mayores a la tarifa de interconexión que le pagan sus competidores por terminar llamadas en su red considerando planes y paquetes representativos por cada modalidad que además determinará el IFT. Si esa tarifa es inferior o cero, la tarifa de interconexión se iría a cero.

Y todo suena bien, pero mire, cuando coinciden Telefónica, Iusacell y Nextel, los asimétricos competidores en el segmento de móviles, en que el preponderante “se le coló al regulador” porque en el tema clave de precios on y off net, Telcel se le coló al regulador porque ese promedio ponderado de on net más off net, ya está actualmente por arriba de la tarifa de interconexión, y lo logran con altos precios off net y bajos on net. Así que el promedio siempre le saldrá acorde con el criterio impuesto.

Mire. Lo  bueno es que el IFT está siempre dispuesto a verificar si es razonable lo que hace brincar a la liebre, porque no le encanta que se queden guardados los conejitos saltadores en los cajones que se vuelven sorpresitas para mañana.

El otro tema es el de roaming. Es confuso, en algunas partes se indica que se elimina sólo para el preponderante y en otras que podría cobrar tarifas para los terceros operadores que terminan llamadas en su red. Creo que la intención de eliminar áreas de servicio local en la red de Telmex, equivale a la intención de cero tarifa para roaming en Telcel y por ende para todos los que terminen llamadas ahí.

Una redacción más cuidada que elimine “saltos” o elementos que generan duda entre uno y otro anexo, seguramente resultaría en menor ruido.

El tercer elemento va por mi cuenta. Todos los aparatos y terminales de telefonía que se vendan en México deberán llegar “desbloqueados” y, eso no sólo lo ponen en la preponderancia sino que viene en la ley: libertad total al usuario.

De Fondos a Fondo

Mire, cuando las medias verdades se difunden, el pleito se acaba en tribunal. Este es el caso del conflicto entre Grupo Andrade, que preside Angel Mieres (cuarta generación de su familia y quien lleva el negocio que fundó su abuelo) y, el director de Daimler Financial, que lleva Tobias Waldec, quien curiosamente quiere quedarse con el inmueble de la distribuidora de Andrade ubicado en Cuautitlán y, para lograrlo lo acusa de que le debe dinero de las ventas del año pasado.

Andrade cerró con Daimler AG todas sus cuentas desde octubre y, la decisión de atacarlo mediáticamente se dio luego de que en enero tomó la decisión de comenzar a vender camiones Navistar, decisión que se origina en el descalabro financiero que le generó la política de modificación de comisiones y contratos para compras gubernamentales, dictada por los alemanes en 2011.

Entonces comunicaron a sus distribuidores de camiones de carga y pasaje (Andrade, Uribe y Zapata), que lo sentían mucho, pero como el mercado mexicano de compras de gobierno era muy corrupto y que por lo mismo las harían en forma directa.

Esto ocurrió luego de que les documentaron la corrupción en Turquía, China y recientemente en Francia, según nos cuentan.

Pero como las ventas de Grupo Andrade representan 12% del total de carga y pasaje a escala nacional, y han desarrollado un área especializada en colocación de flotillas al sector público y privado, puede imaginar el drama de los alemanes, pues sienten que ¡nadie los puede mandar al diablo!

Ante la campaña, Grupo Andrade decidió demandar el finiquito de contratos con la financiera ante el Poder Judicial, pues los vivos pretenden quitarles el inmueble de la concesionaria de Cuautitlán que es la que más vende en el país en materia de autobuses, para distribuir en directo. El inmueble no está dado en garantía, ni se dejará chantajear.

El grupo tiene 80 años en México, y está consciente de que la ruptura  ha generado una natural rivalidad comercial, y más cuando Grupo Andrade con Navistar alcanzó el segundo lugar en ventas en vehículos comerciales en tan solo tres meses de distribución.

Eso es lo que trae a los directivos de Daimler México, no sólo molestos, sino preocupados por la reacción de sus jefes en Alemania ante la caída de las ventas.

Ayer, la Secretaría de Economía que lleva Ildefonso Guajardo, publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se establecen los procedimientos registrales previstos en el artículo 15 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado (hipotecas).

Y lejos de la expectativa que se tenía sobre la publicación de estas reglas, no incluyen procedimientos específicos o diferentes para la inscripción de garantías hipotecarias en el Registro Público de Comercio.

Por otra parte, llama la atención que  el proyecto regulatorio se publicó en la página de la Cofemer, que lleva Virgilio Andrade, ¡apenas el martes! Por lo mismo, no cuenta con el dictamen, y de pilón, la comisión determinó que dicha publicidad pudiera comprometer los efectos que se pretende lograr con la disposición. (¡O sea, le dieron salvedad de procedimiento de mejora regulatoria!

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