IFT: vigente, la declaratoria de preponderancia

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones dice que se resolvió conforme al mandato constitucional
Economía -
Gabriel Contreras, presidente del IFT. Foto: Daniel Betanzos/Archivo
Gabriel Contreras, presidente del IFT. Foto: Daniel Betanzos/Archivo

CIUDAD DE MÉXICO.- La declaratoria de agentes económicos preponderantes por sector “está firme y vigente” dado que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió conforme la lectura del mandato constitucional; sin embargo, será necesario esperar lo que resuelva el Congreso en la ley reglamentaria correspondiente, advirtió Gabriel Contreras, presidente del IFT.

Adelantó que con base en la regulación secundaria de la reforma en materia de competencia económica, ya a probada por el Congreso y que entra en vigor el próximo 7 de julio, el IFT iniciará un proceso de revisión en cada uno de los subsectores de telecomunicaciones y radiodifusión para vigilar que no haya abuso de poder y en su caso actuar en consecuencia.

Sin embargo, al ser cuestionado respecto del debate sobre la declaratoria de preponderancia por sector y no por servicios, comentó que el IFT será muy respetuoso de las determinaciones del Congreso en cuanto al contenido de la ley reglamentaria de la reforma constitucional en telecomunicaciones y radiodifusión.

Mandato constitucional

Destacó que la declaratoria de preponderancia por sector (telecomunicaciones y radiodifusión) es una resolución del IFT que está firme y vigente dado que se resolvió con base al mandato constitucional.

“El IFT resolvió por mandato constitucional, dentro del término previstos la existencia de agentes económicos preponderantes por sector. De hecho, ya determinó que existe un agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones y otro agente económico preponderante en el sector de radiodifusión; esta resolución fue por unanimidad de los comisionados que integramos el Pleno del Instituto bajo la convicción de que es la lectura que cabe del texto constitucional y de los dictámenes que dieron lugar a la reforma constitucional. Nosotros, por esa razón, por unanimidad declaramos la existencia de un agente económico por sector.”

Dijo que la Constitución señalaba expresamente que el IFT contaba con un plazo que venció el 9 de marzo para determinar la existencia de agentes económicos preponderantes y para imponerles las medidas asimétricas que tengan por objeto proteger el proceso de competencia. Ese plazo ya se agotó y el Instituto ya cumplió con esa  obligación, hoy las medidas están firmes y vigentes y hoy son las medidas que tienen que aplicarse.

Efectos

1.- En la presente semana se prevé definir un periodo extraordinario para emitir la regulación secundaria de la reforma.

2.- El IFT será respetuoso de las determinaciones del Congreso en cuanto al contenido de la ley.

 

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