Juez no reconoce cinco créditos de Banamex a Oceanografía

Los derechos de la institución bancaria están a 'salvo', por lo que podrá reclamarlos en los términos del concurso mercantil
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El juzgado determinó reconocer al menos a 245 acreedores definitivos de la empresa Oceanografía y descartó a 38 acreedores. Foto: Especial
El juzgado determinó reconocer al menos a 245 acreedores definitivos de la empresa Oceanografía y descartó a 38 acreedores. Foto: Especial
CIUDAD DE MÉXICO.- El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal determinó no reconocer cinco créditos otorgados por Banamex a la empresa Oceanografía, sin embargo, los derechos de la institución bancaria están a “salvo”, por lo que podrá reclamarlos en los términos del concurso mercantil. 
 
De acuerdo con información del juzgado, se determinó reconocer al menos a 245 acreedores definitivos, los cuales pueden ejercer los procesos pertinentes y acorde a la situación legal de la compañía.
Los cinco créditos que Banamex otorgó a Oceanografía fueron descartados por el juez a lo haber sido para el funcionamiento de la compañía, sino desviados para otros fines por el dueño de la empresa Amado Omar Yáñez.
 
Ello representa una aprobación parcial de la lista definitiva de reconocimiento, graduación y prelación de créditos propuestos por el conciliador Juan Antonio de Anda Turati, con base en lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley de Concursos Mercantiles.
 
Los cinco créditos que Banamex otorgó a Oceanografía fueron descartados por el juez a lo haber sido para el funcionamiento de la compañía, sino desviados para otros fines por el dueño de la empresa Amado Omar Yáñez, a quien se le sigue causa penal. Con ello la institución bancaria podrá llevar del ámbito civil al penal su demanda.
 
El órgano jurisdiccional estableció el grado y prelación de pago a los 245 acreedores definitivos, dando prioridad a tres créditos en grado laborales contra la masa que se cobrarán a prorrata.
 
También reconoció un crédito de grado fiscal a favor del IMSS que se cobrará después de los créditos laborales contra la masa y antes que a los demás acreedores; 11 de grado relativos a seguridad, refacción y conservación de la masa que se cobraran a prorrata con los que tengan la misma clasificación.
 
La lista también incluye 23 créditos con garantía real hipotecaria, cuyo cobro será con exclusión de otros acreedores excepto remanentes de créditos contra la masa de origen laboral y remanentes de créditos fiscales a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
 
Un crédito con garantía real prendaria que se cobrará después de pagados los créditos fiscales a favor del IMSS y del Servicio de Administración Tributaria, con exclusión de otros acreedores con el producto del bien afecto a la garantía y si fuese insuficiente, se cobrará el remanente como común.
 
Den la lista definitiva también están 19 créditos de grado fiscal sin garantía real que se cobrarán con el producto de bienes no afectos a garantías reales.
 
Así como cuatro créditos de grado relativo a otras obligaciones laborales que se cobrarán con el producto de bienes no afectos a garantía real, y su pago se hace efectivo junto con los fiscales sin garantía.
 
Además, 182 créditos de grado común, que se cobrarán a prorrata con los demás del mismo grado, después de pagados todos los demás créditos, pero antes de los de grado subordinado, sólo con el producto de la masa común.
 
De igual manera, un crédito de grado subordinado por relación personal con el comerciante, se cobrará a prorrata con los demás del mismo grado, después de pagados todos los créditos, sólo con el producto de la masa común.
 
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal señaló que también avaló la lista de 33 acreedores a los que el conciliador consideró no reconocerles el adeudo reclamado.
 
Acorde con lo ordenado en el numeral 223 de la Ley de Concursos Mercantiles, no se hará pago a los acreedores de un grado sin que queden saldados los del anterior, según la prelación establecida para ellos, aseveró dicha instancia. 
 
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