¿Cómo proteger tu empresa ante un acto de terrorismo?

Éste no es un producto que se ofrezca abiertamente al público, sin embargo, algunos sectores sí contratan una póliza de daños por terrorismo
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Éste no es un producto que se ofrezca abiertamente al público, sin embargo, algunos sectores sí contratan una póliza de daños por terrorismo. Foto: Cuartoscuro
Éste no es un producto que se ofrezca abiertamente al público, sin embargo, algunos sectores sí contratan una póliza de daños por terrorismo. Foto: Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO, 24 de noviembre.- México no es un país donde el terrorismo represente una problemática de seguridad, como en Estados Unidos o algunos países europeos y de Oriente Medio, sin embargo, algunas compañías del sec­tor de telecomunicaciones, hidrocarburos o transportes sí contratan una póliza espe­cífica que les proteja de da­ños ante un atentado de esta naturaleza.

En entrevista Luis Álvarez Marcén, director de Daños y Autos de la Asociación Mexi­cana de Instituciones de Se­guros, explicó que “éste no es un producto que se ofrezca abiertamente al público, sin embargo, algunos sectores sí contratan una póliza de da­ños por terrorismo”.

“Ninguna compañía ofre­ce este producto a todo el mundo, porque son pólizas que se deben revisar consen­suadamente con el suscrip­tor, el reasegurador y tener un soporte. No tenemos el detalle de cuántas empresas tienen esta cobertura, porque esa información la mane­ja cada aseguradora y por el nivel de seguridad que deben tener en estas coberturas; si hubiera una lista de todos los que tienen estas pólizas se­guramente alguien querría tomar ventaja de eso, pero sí existen estas coberturas y se contratan”.

PROTECCIÓN ANTE RIESGOS

Explicó que en las pólizas de daños que habitualmen­te contratan las compañías o personas físicas, está ex­ceptuado el terrorismo. “Me­nos del uno por ciento de las pólizas tiene esta cobertura, porque no es algo muy co­mún en el país, solamente las compañías que están ex­puestas a este tipo de riesgos son las que contratan cober­turas específicas”.

Agregó que el terrorismo es una exclusión general en las pólizas de daños del mer­cado mexicano y que incluso desde hace 12 años existe un texto uniformizado para ex­cluir actos terroristas de las coberturas de este tipo de productos.

Esta cláusula “está apro­bada por la Comisión Na­cional de Seguros y Fianzas (CNSF) y es una exclusión aplicable en prácticamente en todas las pólizas de daños del mercado”.

Asimismo, precisó que por ley las pólizas tradicionales de seguro de daños cubren actos vandálicos, así como afectaciones por huelgas o alborotos populares.

Para diferenciar en qué momento se trata de vanda­lismo o de un acto terrorista, existen definiciones específi­cas en el código penal al que se apegan las coberturas de los seguros contra daños.

“Si se declara que los da­ños fueron por terrorismo, aunque se tenga una póli­za de daños, el asegurado no estaría cubierto a menos que tuviera esa cobertura en particular”, comentó el entrevistado.

*bb

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