La importancia de contar con un testamento si tienes hijos pequeños

El Colegio Nacional del Notariado Mexicano recomienda para este Día del Niño proteger a los hijos mediante el otorgamiento de un testamento.
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En caso de faltar ambos padres, un tutor designado en el testamento se encargará de cuidar tanto a los niños como los bienes que les corresponden. Foto: Pixabay
En caso de faltar ambos padres, un tutor designado en el testamento se encargará de cuidar tanto a los niños como los bienes que les corresponden. Foto: Pixabay

CIUDAD DE MÉXICO.- La utilidad del testamento para padres con hijos menores de edad va mucho más allá de los bienes materiales, pues este documento es el medio apropiado y único con validez jurídica por el cual se puede designar a un tutor en caso de que ambos padres fallezcan.

Por ello, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano recomienda para este Día del Niño proteger a los hijos mediante el otorgamiento de un testamento, con la finalidad de asegurar su bienestar en caso de algún imprevisto.

En un comunicado, el organismo subraya la importancia de designar a un tutor para los hijos menores de edad, pues en caso de faltar ambos padres, éste se encargará de cuidar tanto a los niños como los bienes que les corresponden.

De no hacerlo, el juez elegirá entre los abuelos vivos para que ejerza la patria potestad, entendida como el conjunto de deberes que el padre y la madre deben cumplir con respecto a sus hijos, lo que podría derivar en complicaciones y conflictos.

Señala que quienes tengan la patria potestad o tutela de una persona discapacitada, aunque sea mayor de edad, también podrán designarle un tutor en el testamento.

Sin embargo, aclara que si el padre o la madre muere, la patria potestad recaerá en el padre o madre que vive y no en el tutor nombrado por el otro progenitor en su testamento, por lo que el tutor sólo será responsable del menor en caso de muerte de ambos padres.

El colegio del Notariado agrega que los padres podrán nombrar además en el testamento a un curador, quien estará obligado a vigilar la conducta del tutor y en dar aviso al juez si considerara que algo fuera perjudicial para el menor o la persona discapacitada.

En caso de que el tutor designado muriera antes o al mismo tiempo que los padres, éstos pueden nombrar a un tutor sustituto, tutela que finalizará cuando el menor de edad alcance los 18 años.

En cuanto a los inmuebles, el organismo subraya la inconveniencia de designar a menores herederos o legatarios, sobre todo cuando existe un sólo inmueble en la familia, pues si los menores reciben el inmueble, se requerirá autorización judicial para realizar diversos trámites respecto de los mismos.

No obstante todo lo anterior, el colegio del Notariado menciona que hay varios detalles a considerar en el testamento, por lo que sugiere acudir a un notario para que éste aconseje sobre lo más apropiado, pues ante todo, este documento es un traje a la medida de cada familia.

*DR

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