Rodrigo Pérez-Alonso

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Rodrigo Pérez-Alonso

11 May, 2016

Nativos digitales

Mucho se ha debatido en varios países sobre la necesidad de incorporar al internet de banda ancha como un derecho fundamental. Se trata de un derecho novedoso de cuarta generación derivado de la era de la información. Este derecho sería, entonces, tan importante como el derecho a la vivienda, medio ambiente, educación y otros que ya están establecidos en los marcos legales y constitucionales de diversos países.

Esto es lo que el 1 de julio de 2010 se hizo en Finlandia cuando el internet de banda ancha se reconoció como un derecho fundamental bajo la premisa de que a cada ciudadano se le debería garantizar, al menos, una conexión de, por lo menos, 1 Mbps con la mira en aumentar dicha velocidad a 100 Mbps en 2015. Lo mismo pasa en Francia y Grecia, donde existe el derecho de acceso a internet sin especificar la velocidad de conexión.

En una encuesta realizada por la BBC World Service en 2010 a 27 mil personas en 26 países cuatro de cada cinco personas contestaron que internet debería ser un derecho fundamental. Entre los países donde se realizó está México, donde 94% de los encuestados consideran a internet como un derecho. Esto manifiesta el gran poder que tiene el internet para la juventud de nuestro país.

De acuerdo con los datos del Inegi, 76% de los mexicanos usuarios de internet tienen menos de 35 años, por lo que gran parte de ellos son “nativos digitales”. Ello representa una oportunidad, pero también un reto para el gobierno dadas las condiciones de desempleo y marginación en México. En gran parte, las recientes movilizaciones políticas en distintos países se llevaron a cabo por este segmento de la población ante el descontento de la falta de oportunidades.

México es uno de los primeros países en latinoamérica —junto con Chile— en reconocer al internet de banda ancha como un derecho a nivel constitucional; en las recientes reformas a la Constitución en materia de telecomunicaciones, se incorporó en el artículo sexto la obligación del Estado a garantizar el derecho a los “servicios… de banda ancha e internet”. Si bien la semántica no es la correcta (“banda ancha” no es un servicio por sí solo), lo sustantivo es que al que reconocer a los servicios de telecomunicaciones como internet como un derecho y mejorar las condiciones de competencia a través de un nuevo marco jurídico se alcanzará un mayor desarrollo social y económico. Sin embargo, el derecho a internet deberá traer consigo un impulso más significativo a las políticas de inclusión social y digital del Gobierno para hacerlo realidad en comunidades donde el mercado dificilmente entra.

La red compartida de telecomunicaciones ordenada en los artículos transitorios de la Constitución deberá hacer en la práctica justamente eso: garantizar el acceso a zonas rezagadas en estos servicios. Esta red deberá demostrar efectividad en el mediano y largo plazo para hacer realidad este derecho, lo cual a todas luces parece una batalla cuesta arriba.

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