Lo que debes hacer cuando te aplican una infracción vial injusta

¿Quieres apelar el reglamento de tránsito? Tienes dos vías y te explicamos todo lo que debes saber de cada una de ellas
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¿Quieres apelar el reglamento de tránsito? Tienes dos vías y te explicamos todo lo que debes saber de cada una de ellas. Ilustración: Horacio Sierra
¿Quieres apelar el reglamento de tránsito? Tienes dos vías y te explicamos todo lo que debes saber de cada una de ellas. Ilustración: Horacio Sierra

CIUDAD DE MÉXICO. ¿Quieres apelar el reglamento de tránsito? Tienes dos vías.

Primero: reclamo ante la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

Segundo: solicitud de nulidad en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México (TCA).

Ya sea que te multe un agente o tu vehículo sea detectado cometiendo una infracción por un radar de velocidad o por una cámara de fotomultas, se genera una boleta.

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Este documento se te debe entregar en tu domicilio en un máximo de diez días después de haber sido generada (fotomulta), pero algunos ciudadanos han registrado casos de boletas que fueron recibidas hasta seis meses después de haber cometido la falta.

Para iniciar el reclamo de una multa es recomendable que el infractor haya realizado el pago de la misma. Sin embargo, éste no es un requisito para iniciar el procedimiento por alguna de las vías.

 

Ante la SSP:

Estos son los medios en los que puedes solicitar información:

  • Marcar a la Unidad de Contacto del Secretario: 52 08 98 98.
  • Acudir a la Ventanilla Única, ubicada en Londres 107, PB, colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc.
  • En Twitter a la cuenta @UCS_CDMX.
  • A través de correo electrónico a la dirección ucontacto@ssp.df.gob.mx

 

El proceso de reclamo para una multa no reconocida se realiza en los Módulos de Atención, que están ubicados en:

1. Calle Chimalpopoca, esquina San Antonio Abad, colonia Obrera. Delegación Cuauhtémoc. Cerca de la estación Pino Suárez del Metro. Teléfono: 57 61 84 11.

Atención: lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas.

2. Calle Liverpool 136, planta baja. Colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc. Cerca de la estación Insurgentes del Metro.

Teléfono: 52 42 51 00. Extensiones: 4996, 4997 y 4998.

Atención: de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas.

 

Al llegar a uno de los módulos, deberás registrarte con nombre y matrícula del vehículo para realizar la solicitud en la ventanilla de atención, y esta es la documentación requerida:

Personas físicas, indispensable presentar original y copia de:

  • Tarjeta de circulación.
  • Identificación oficial.
  • Ambas deben ser del titular o dueño del vehículo.

En caso de que el trámite lo realice un tercero, deberá presentar:

  • Tarjeta de circulación.
  • Identificación oficial del titular.
  • Identificación oficial de la persona que realizará el trámite.
  • Carta poder simple.

En caso de que haya extraviado la tarjeta de circulación o que ésta haya sido robada, es posible presentar:

  • Para transporte público: título de concesión.
  • Para vehículos particulares: factura original endosada o, en su caso, pago de tenencia vigente o comprobante de verificación vigente.

 

Ante el TCA:

  • A través de esta instancia, los ciudadanos pueden solicitar la nulidad de un acto administrativo, cometido por la autoridad, que no reconozcan.
  • Por infracciones al Reglamento de Tránsito, los ciudadanos deberán tomar en cuenta plazos para hacer su reclamo.

*Todos los infractores cuentan con 15 días hábiles para iniciar el proceso de nulidad ante el TCA.

 

Hay dos supuestos para determinar el plazo que tiene un infractor:

A. Multas entregadas en sitio. Se refiere a infracciones que fueron sancionadas inmediatamente por un agente de la SSP y cuya boleta de infracción fue entregada en mano del conductor infractor.

  • De éstas puede ser considerada la falta de pago en zonas en las que haya parquímetros.
  • En este caso, los 15 días hábiles corren a partir del momento en que el infractor recibe la boleta de infracción.

B. Multas generadas por radares y fotomultas. Se refiere a infracciones generadas por aparatos y requirieron de un proceso de validación y firma por parte de un agente de la SSP.

  • Estas multas son enviadas por correo postal a los propietarios de los vehículos.
  • De este tipo se consideran las multas por exceso de velocidad, el uso de celulares durante la conducción o la invasión de pasos peatonales.

En este caso, los 15 días hábiles corren a partir del momento en que el infractor realiza el pago de la multa.

 

La solicitud de nulidad se realiza en la sede del TAC.

Avenida Insurgentes Sur 825, colonia Nápoles, delegación Benito Juárez. Teléfono: 50 02 01 00 extensión 1172. Localizado cerca de la estación Nápoles de la Línea 1 de Metrobús.

Horarios de atención:

Con cita, de lunes a viernes de las 9:00 hasta después de las 15:00 horas.

Sin cita, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas

 

En la Defensoría Jurídica, ubicada en la planta baja del TCA, deberás presentar:

  • Original de la boleta de infracción, dentro del plazo permitido por la ley.
  • Original del recibo de pago de la boleta de infracción (recomendado).
  • Documento para acreditar el interés legítimo de la demanda.
  • Si en la boleta aparece el nombre completo del infractor: deberá presentar identificación oficial en original.
  • Si la boleta va dirigida al “responsable” o no lleva nombre, únicamente podrá hacer la demanda el propietario del vehículo.

 

Deberás presentar cualquiera de los siguientes documentos en los que aparezca el nombre completo del propietario del vehículo y el número de placas que coincida con las que contiene la boleta de infracción.

  • Pago de tenencia o refrendo.
  • Alta o baja vehicular.
  • Título concesión (para transporte público).
  • Factura endosada a favor del nuevo dueño.
  • Comprobante de verificación vigente.

Más cosas que debes saber:

  • No se recomienda que presentes la tarjeta de circulación debido a que estos documentos se quedarán en resguardo dentro del Tribunal de tres semanas a un mes.
  • El trámite para entregar la documentación en la Defensoría Jurídica tarda aproximadamente 30 minutos.
  • Una vez presentada la documentación, el TCA asignará al demandante un abogado de oficio para que lo represente.
  • El demandante podrá ser llamado a firmar en caso de que se emitan acuerdos o notificaciones personales que requieran su presencia.
  • El desarrollo del trámite es hasta que el magistrado emite sentencia y puede tardar hasta tres meses.
  • Al término del proceso, el infractor recibirá una copia certificada de la sentencia con la que podrá solicitar a la Secretaría de Finanzas la devolución del pago de la infracción.

*livm

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