7 derechos que todos tenemos en los restaurantes de la CDMX

¿Cuántos de ellos no te han respetado?
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¿Cuántos de ellos no te han respetado? Foto: Visual Hunt
¿Cuántos de ellos no te han respetado? Foto: Visual Hunt

Ciudad de México.- ¿Te suena la frase “en este restaurante cobramos 15% de propina”? Si es así, entonces no están respetando tus derechos en ese establecimiento. La propina es voluntaria y tú estableces el monto.

Lamentablemente ese no es el único derecho que a veces no se respeta en los restaurantes de la Ciudad de México. Lo peor de todo es que en fines de semana de futbol, como este domingo 26 de junio que se juega la final de la Copa América entre las selecciones de Argentina y Chile, si no te aplicas una comida te puede salir muy cara…

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó a los usuarios sus derechos al visitar un restaurante o bar y hoy te los presentamos.

  • Los precios deben estar a la vista o en la carta
  • No hay consumo mínimo
  • La propina es voluntaria. Así que ningún establecimiento puede obligar a pagar un monto específico. Está en el artículo 11 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.
  • No discriminación. Nadie puede negarte la entrada por tu condición social, religiosa o sexual. Está en el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
  • El agua potable es gratis. No tienen porqué venderte sólo agua embotellada. Un vaso de agua simple no se le niega a nadie. Está en el artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.
  • Nada de consumo constante para que permanezcas. Por lo tanto, no pueden llevarte tu cuenta sin que la pidas ni obligarte a que consumas más o desalojes el lugar. Está en el artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.
  • En cuanto al servicio de valet parking, los acomodadores deben tener licencia de manejo vigente e identificación del establecimiento comercial. Asimismo, ese personal no puede sacar el coche del lugar designado sin autorización tuya y mucho menos dejar tu auto en la calle. Está en el artículo 52 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

Si el personal del negocio incumple con las condiciones antes descritas, tienes derecho a reclamar al negocio que hayas visitado y de incluso poner una queja ante la Procuraduría.

Con información de Notimex.

*livm

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