Claves a considerar si quieres vivir de tus rentas

Para saber si la inversión será buena es necesario analizar aspectos previos a la compra del inmueble.
Tu dinero -
Debes tener en cuenta que debes cubrir el mantenimiento de la propiedad así como el riesgo de que el inquilino no pague con puntualidad la renta. Foto: Thinkstockphotos
Debes tener en cuenta que debes cubrir el mantenimiento de la propiedad así como el riesgo de que el inquilino no pague con puntualidad la renta. Foto: Thinkstockphotos

CIUDAD DE MÉXICO.- Seguro has escuchado a alguien decir que lo mejor sería comprar un inmueble y vivir de las rentas, o incluso tú lo has pensado. Es un deseo que a muchos les gustaría cumplir pero requiere una inversión importante.

Sin embargo, contar con el capital no es lo único que se debe considerar. Para saber si la inversión será buena es necesario analizar aspectos previos a la compra del inmueble como la zona, un factor clave que determinará no sólo el capital que tendrás que gastar sino también el retorno que podrás obtener.

Si determinas que será suficiente para mantenerte, es decir, que los riesgos son limitados y los ingresos bastarán para mantener el ritmo de gastos que tienes o esperas tener, ahora debes pensar en otras cuestiones.

El costo de la renta debe estar basado en el valor de la vivienda. De acuerdo con Habítala, éste se determina en parte por la ubicación y la demanada, pero es recomendable acudir con un valuador para tener una asesoría confiable.

Ahora debes tener en cuenta que debes cubrir el mantenimiento de la propiedad así como el riesgo de que el inquilino no pague con puntualidad la renta.

Para minimizar este riesgo debes elaborar con cuidado un contrato de arrendamiento, donde estipules todas las condiciones. Según la Profeco, éste también debe incluir la cuota adicional que le cobrarás en caso de que se retrase el algún pago, fechas en que deberá pagarte la renta y plazo en el que se puede proceder legalmente si no paga a tiempo.

Recuerda que para incrementar la renta a tu inquilino generalmente se toma en consideración el índice de inflación anual que publica el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Lo anterior va ligado con lo que el artículo 2448-D del Código Civil, el cual establece que la renta debe estipularse en moneda nacional y su incremento será anualmente", subraya la Profeco.

Todo en línea con Hacienda

Así es, si estás rentando un inmueble, Hacienda tiene que saberlo si no quieres tener problemas. Debes darte de alta en el régimen fiscal de persona física por ingresos de arrendamiento y con ello, estarás obligado a hacer tu declaración anual.

Será necesario que cada año reportes todas tus rentas. Esto lo haces por medio de comprobantes fiscales que puedes sacar desde el portal del SAT (también hay otras empresas que te ayudan con ello) o por medio de tu contador", recomiendan los expertos de Inmuebles24.com.

No existe un nivel de ingresos por arrendamiento a partir del cual debas hacer una declaración, por lo que no importa si obtienes poco o mucho por este recurso, debes reportarlo a Hacienda.

También puedes deducir de impuestos algunos gastos relacionados con la renta de tu inmueble. Para ello es indispensable que guardes muy bien y lleves el control de todo lo que gastas en este sentido y pidas comprobantes fiscales de cosas como:

  • El pago del Impuesto Predial del ejercicio
  • Las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas (una nueva área verde, centros recreativos, etcétera).
  • Los gastos de mantenimiento y por consumo de agua (si no los paga tu arrendatario).
  • Los intereses reales pagados por préstamos para compra, construcción o mejoras de tu inmueble.
  • Los salarios, comisiones y honorarios pagados (hasta 10% de los ingresos anuales obtenidos) y las primas de seguros de los bienes arrendados.
  • Las inversiones en construcciones, mejoras y adiciones.

Para que nop haya problema al hacer tus deducciones es mejor que los ingresos y egresos por rentar tu inmueble los hagas a través de transferencias bancarias o cheques.

*DR

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