Si tus hijos asisten a una escuela pública cuentan con este seguro médico

Si tú hijo asiste a una escuela pública de la Ciudad de México, está protegido durante su estancia en las instalaciones, así como los trayectos que realice de su casa a la escuela y viceversa
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Todas las escuelas públicas cuentan con este seguro. Foto: Archivo
Todas las escuelas públicas cuentan con este seguro. Foto: Archivo

CIUDAD DE MÉXICO.- Si tú hijo asiste a una escuela pública de la Ciudad de México, está protegido durante su estancia en las instalaciones, así como los trayectos que realice de su casa a la escuela y viceversa, pues el gobierno tiene el programa Seguro contra Accidentes Personales de Escolares, Va Segur@.

Los alumnos de nivel básico hasta medio superior recibirán protección y cuidado necesario para preservar su integridad física, sicológica y social, así como atención médica.

¿Cómo aplica?

De acuerdo con el seguro, todos los alumnos quedan protegidos desde que salen de su domicilio con dirección a la escuela, y de regreso, es importante que tomes en cuenta que los asegurados no deben desviar el camino, de lo contrario esto sería una causante para no cubrirlo.

Las actividades dentro y fuera de la escuela también están amparadas, siempre y cuando sean organizadas y supervisadas por las autoridades de la misma o la Secretaría de Educación Pública. ¿Por cuánto te cubre? Por muerte accidental, este seguro otorga 100 mil pesos, por pérdidas orgánicas hasta 100 mil, mientras que en caso de gastos médicos la aseguradora realizará un pago directo por 50 mil pesos.

Para saber a qué hospitales puedes acudir, en caso de atención médica, tienes que comunicarte al teléfono 01-800-836-3342.

¿Cuándo no aplica?

  • No se cubre enfermedad corporal o mental, ni infecciones.
  • Lesiones que el asegurado sufra en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, rebelión, riña, cuando el asegurado sea el provocador y actos delictivos en que participe directamente el asegurado por culpa grave del mismo o de su beneficiario.
  • Mutilación voluntaria, aún cuando se cometan en estado de enajenación mental.
  • Cualquier lesión que sufra el asegurado cuando se encuentre bajo el efecto de enervantes, drogas o en estado de ebriedad.
  • Lesiones o accidentes que se produzcan como consecuencia directa de enfermedades o padecimientos preexistentes, entendiéndose por preexistente como condición de los padecimientos que en fecha anterior al inicio de vigencia de la póliza.
  • Lesiones autoinflingidas, cualesquiera que sean las causas o circunstancias que lo provoquen.
  • Homicidio intencional cometido por personal del asegurado, suicidio o cualquier intento del mismo.
  • Riñas que ocurran dentro o fuera de la escuela.

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