Darío Celis

Tiempo de negocios

Darío Celis

5 Dic, 2016

La ASF aclara licitación

En relación con la columna de opinión que publicamos la semana pasada sobre la licitación de vales que realizó la Auditoría Superior de la Federación, el organismo envió la siguiente carta aclaratoria.

Se hace la aclaración de que la fecha de la apertura de propuestas, conforme lo establece la licitación pública nacional ASF-DGRMS-LPN-04/2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de noviembre de 2016, estipula: Acto de presentación de proposiciones y apertura de propuestas: 01 de diciembre de 2016 a las 12:00 horas, por lo que es equívoca la fecha mencionada.

Se aclara que no se trata de bonos de fin de año, sino de los diversos tipos de vales de despensa que se entregarán a los trabajadores de distintos niveles jerárquicos para todo el ejercicio 2017, por un monto máximo de $125,931,908 (ciento veinticinco millones novecientos treinta y un mil novecientos ocho pesos 00/100 M.N.)

A esta fecha, no se tiene conocimiento de inconformidad o queja alguna presentada ante esta institución en ninguno de los distintos canales con los que se cuenta para manifestarse. Asimismo, durante el desarrollo de la junta de aclaraciones de la licitación en cuestión, no se recibió queja, inconformidad o reclamo alguno al respecto. Si conoce de alguno, le solicitamos atentamente que nos lo haga llegar.

Cabe aclarar que las disposiciones fiscales vigentes no prohíben la utilización del papel para pago de vales de despensa ni se contrapone a ninguna disposición legal. Ahora bien, la Auditoría Superior de la Federación, desde el año 2009, ha utilizado de manera regular el pago de vales de despensa a través de medios electrónicos, de hecho, desde el ejercicio 2013, este medio de pago asciende a poco más de 99% de la totalidad de los pagos de vales de despensa que se realizan a los trabajadores.

Si bien es cierto que la licitación establece contar con vales de papel, esto es debido a que de manera excepcional puede ser requerido este medio de pago. A manera de ejemplo, durante el primer semestre del ejercicio 2016, la institución enfrentó una situación atípica (fraude a monederos electrónicos) y fue este medio de pago —papel— el que permitió atender dicha prestación a buena parte de los trabajadores que se vieron afectados por esta contingencia y así lo requirieron.

Por cuanto hace a esta afirmación, la ASF se encuentra ajena a las diversas prácticas de las empresas pertenecientes al sector que prestan este tipo de servicio.

Se aclara que para el ejercicio 2016, la licitación pública para la adquisición de vales de despensa en papel y en tarjeta con banda magnética electrónica (noviembre 2015), fue adjudicada por un monto máximo de $109,749,123.00 (ciento nueve mil setecientos cuarenta y nueve mil ciento veintitrés pesos 00/100 M.N.).

ACUSE DE RECIBO

Damos acuse de recibo a estas aclaraciones y al respecto hacemos los siguientes comentarios:

La licitación por sí misma excluye, de entrada, a diversas firmas proveedoras y avaladas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa, al requerir únicamente proveedores de “vales de despensa en papel y en tarjeta…”; ya que actualmente existen firmas nacionales que no emplean más los vales de papel.

Las bases de la licitación no permiten abordar el tema de las bondades de eliminar el uso y adquisición de los vales de papel, lo que significa una barrera de participación para las valeras que no operan este producto.

Es bien sabido que los vales de papel significan desventajas como ser el medio propicio para la comisión de ilícitos como robos, fraudes y hasta temas de lavado de dinero, sin mencionar el coyotaje y reventa de los mismos por dinero en efectivo, aunque sea a menor precio.

Asimismo, los monederos electrónicos serían una eficiente herramienta para que las entidades de la administración pública tengan un mejor manejo y control en la asignación de los recursos, además de la generación de reportes específicos como pueden ser relación del personal y montos asignados a cada trabajador, consulta de saldos y montos redimidos y la vigilancia en el consumo en comercios afiliados a la red del emisor, entre otros.

Lo anterior queda claro en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013), que entró en vigor el 1 de enero de 2014, misma que se expide en el contexto de la Reforma Fiscal y Financiera, emprendidas por el actual gobierno de la República.

Tal como lo comentan, la reforma no necesariamente establece como obligatorio para todos los casos que este tipo de prestación o gasto de previsión social se otorgue a través de monederos o vales electrónicos ni tampoco señala explícitamente que los vales de despensa deban migrar del papel a monederos o vales electrónicos.

Es decir, sólo es exigible y nulifica el papel y cualquier otra forma de entrega de las despensas si se pretende hacer deducible de impuestos este gasto, esto es así porque con dicha deducibilidad se ve afectado el erario federal, por consecuencia, así debería ser también con las prestaciones de este tipo que otorga el propio gobierno, pues los recursos provienen del gasto público.

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