IFT celebra presentación de controversia por derechos de audiencias

El presidente Enrique Peña Nieto, interpuso una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

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La Presidencia de la República interpuso una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Foto: Pixabay
La Presidencia de la República interpuso una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Foto: Pixabay

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) celebró la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del organismo regulador en materia de derechos de las audiencias.

Ello, tras la controversia constitucional presentada por la Presidencia de la República en contra de diversos artículos de la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión (LFTR), por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al IFT.

En un comunicado, el organismo expuso que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica reconoció los derechos de las audiencias, los cuales fueron establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como diversos mecanismos para su protección.

Entre otros elementos, abundó el IFT, la ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, además de la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética.

De igual forma, refirió que, tras un proceso de consulta pública y un amplio análisis de las mejores prácticas internacionales, cumplió el 29 de noviembre de 2016 con los lineamientos en materia ordenados por la ley.

Lo anterior, configura un nuevo marco jurídico en materia de derechos de audiencias, que ha generado diversos señalamientos relacionados con su constitucionalidad.

Así, ante estos señalamientos, que incluso responsabilizan al organismo regulador, “es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del Ifetel en esta materia”, expone el comunicado.

La Presidencia de la República interpuso este martes 31 de enero la controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión referidos a los derechos de las audiencias.

El gobierno argumentó que esos artículos invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República por lo que solicita que se declaren inválidos los lineamientos generales del regulador Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), por tener un vicio de origen.

"Estos lineamientos sobre la defensa de las audiencias constituyen el primer acto de aplicación de ocho artículos de la ley que hoy son controvertidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación", explicó el consejero jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejo, en conferencia de prensa.

El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias", agregó.

Con información de Reuters y Notimex.

kgb 

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