La ley que te ayudará en los desastres naturales

Modifican leyes de telecomunicaciones y de protección civil para que la continuidad del servicio se mantenga

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A pesar de los desastres naturales, los proveedores de telecomunicaciones deben de mantener el servicio por los menos dos días. Foto: Pixabay
A pesar de los desastres naturales, los proveedores de telecomunicaciones deben de mantener el servicio por los menos dos días. Foto: Pixabay

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LEFERYT)  y a la Ley General de Protección Civil (LGPC) que obligan a los proveedores de telecomunicaciones a “garantizar la continuidad del servicio”, durante “al menos las primeras 48 horas” posteriores al impacto de un fenómeno natural, explicó  ayer Joaquín Díaz Mena, diputado federal que presentó la iniciativa correspondiente.

En entrevista con Excélsior, Díaz Mena explicó que no se trata de una obligación de reestablecer el servicio en 48 horas en caso de ser afectado por un fenómeno natural, sino de mantener la continuidad durante las primeras 48 horas posteriormente inmediatas a la presencia, por ejemplo, de un huracán o terremoto.

Destacó que la iniciativa ya aprobada por los diputados pasó al Senado de la República, y que el objetivo es garantizar que en caso de que se presente un fenómeno natural, los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones garanticen la continuidad del servicio, de tal manera que la población pueda utilizar sus teléfonos para pedir auxilio en caso de ser necesario.

INVERSIONES

Indicó que con lo anterior los proveedores de servicios de telecomunicaciones quedarán obligados a realizar las inversiones necesarias en tecnología y equipos de generación de energía eléctrica para mantener su propio suministro, en tanto que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) realiza las reparaciones necesarias en caso de que su red quedara afectada.

Manifestó que las modificaciones al artículo 118 de la Leferyt y al 19 de la LGPC no contemplan sanciones para las empresas del ramo que no cumplan con el mandato, pero que de acuerdo con la iniciativa aprobada deberá ser el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el organismo encargado de emitir el reglamento correspondiente a corto plazo.

Díaz reconoció que para el desarrollo de la iniciativa legislativa no se consultó a los concesionarios del servicio de telecomunicaciones, pero consideró que con  base en la experiencia vivida en nuestro país con fenómenos naturales en las costas del país, como los huracanes Isidoro y Earl, entre otros, los proveedores conocen la zonas de mayor vulnerabilidad en las que se tendrán que preparar.

Dijo que los proveedores deberán contar sus propios generadores para responder en caso de contingencia y que las inversiones serían mínimas, entre 30 y 40 mil pesos por generador.

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