¡Adiós! Ya no habrá más UberPool en la Ciudad de México

Las autoridades capitalinas pretenden poner reglas más estrictas a los choferes privados y acabar con el servicio de UberPool
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Las autoridades capitalinas pretenden poner reglas más estrictas a los choferes privados y acabar con el servicio de UberPool. Foto: Getty.
Las autoridades capitalinas pretenden poner reglas más estrictas a los choferes privados y acabar con el servicio de UberPool. Foto: Getty.

CIUDAD DE MÉXICO. – Con la publicación del nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, las autoridades capitalinas pretenden poner reglas más estrictas a los choferes privados y acabar con el servicio de UberPool.

Entre las novedades del reglamento se incluyen la aplicación de exámenes toxicológicos a conductores de transporte público. Además, para dar el servicio, será necesario obtener un permiso con 48 horas de anticipación.

Para los servicios de transporte privado como Uber y Cabify, los autos no deberán tener una antigüedad mayor a 10 años, los operadores deberán contar con constancia de registro ante la Semovi y tendrán que contar con calcomanía cero y doble cero.

Los conductores deberán presentar los siguientes documentos para obtener dicha constancia: acta constitutiva de la empresa, representante legal, RFC, información del funcionamiento de la app y pagar una especie de impuesto por viaje.

Además, como en el caso de los taxis, las unidades tendrán que portar identificación visible del conductor.

En el caso de UberPool, el Artículo 59 establece lo siguiente:

Queda prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta.”

Estos cambios afectan directamente a Uber que ofrece el servicio Pool, el cual permite que los usuarios compartan el mismo auto para realizar un recorrido por la misma ruta.

Los que no respeten esta indicación, “Serán acreedores a la sanción establecida en el artículo 258 de la Ley”.

Las sanciones establecidas por el Código Fiscal de la Ciudad de México indican que hay multas de 5 mil 570 pesos en razón de “impacto de movilidad general” y de 8 mil 482 por "impacto de movilidad específica”.

Jbf

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