7 Prácticas con las que el SAT podría clausurar tu negocio

Por desconocimiento, los negocios cometen errores que pueden verse como atropellos contra los derechos de los consumidores
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Por desconocimiento, los negocios cometen errores que pueden verse como atropellos contra los derechos de los consumidores. Foto: Especial
Por desconocimiento, los negocios cometen errores que pueden verse como atropellos contra los derechos de los consumidores. Foto: Especial

CIUDAD DE MÉXICO.- Por desconocimiento, los negocios cometen errores que pueden verse como atropellos contra los derechos de los consumidores, algunos de ellos están relacionados con la facturación y las prácticas indebidas que se realizan en torno a ellas.

De acuerdo con las leyes fiscales mexicanas, los negocios y comercios que estén dados de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deben emitir una factura por la venta de productos y servicios, sin embargo, muchos hacen caso omiso o cometen ciertas prácticas que la autoridad fiscal penaliza.

El SAT detalla que los comercios que no expidan, no entreguen o no pongan a disposición de los clientes dichos comprobantes e incumplan los requisitos señalados están incurriendo en una infracción que les puede llevar hasta a la clausura del establecimiento.

Por lo anterior es muy importante que tanto tú, como los colaboradores que están al frente de esa parte de tu negocio conozcan cuáles son los lineamientos que, a seguir para el llenado de la factura, así como de los datos que deben solicitar para su correcta emisión.

El punto de partida es el sistema de facturación electrónica. Desde finales del año pasado, el sistema de facturación electrónica que entró en operación es la la versión 3.3. Cualquier factura emitida en otra versión no será válida. Esta es la razón por la que debes verificar que tu proveedor ya te esté dando el servicio con esta actualización.

Con esta modificación, también se simplificaron los datos personales que necesitas del contribuyente. Cuidado con ello pues solicitar datos de más se considera una mala práctica. El SAT ha definido otras prácticas indebidas en las que podrías incurrir. Revisa a detalle para que no te suceda:

Solo requieres el RFC

Anteriormente para facturar se requerían toda una serie de datos del contribuyente, hoy basta solo con el RFC y la razón social. El nuevo sistema de facturación no contempla la dirección, por lo que no deberás solicitarlo para este fin.

Correo electrónico para el envío de la factura

Muchos comercios solicitan el correo electrónico para enviar la factura, sin embargo, esto no debe ser un requisito obligatorio pues el contribuyente tiene la opción de poder consultar en tiempo real que la factura le haya llegado a través del portal del SAT, ingresando con su RFC y contraseña.

Aunque es preciso considerar que muchos contribuyentes se sienten más seguros si el comercio envía dicho documento a su correo, esto debe considerarse opcional.

Cobrar una comisión o incrementar el precio por expedir la factura

El SAT declara que el precio de los productos y servicios deben incluir el IVA sin importar si se va o no a solicitar factura. Es una mala práctica incrementar el costo del bien o servicio cuando se solicita ésta.

Obligar a tu cliente a que ellos mismos emitan su factura

Muchos comercios se escudan en miles de excusas para no emitir la factura y le dan como opción al cliente que ellos mismos realicen el trámite en un portal. Está totalmente prohibido y a todas luces representa una mala práctica. Es obligación del comercio generar la factura al momento si así lo requiere el receptor.

Negar la factura

Bajo ningún argumento puedes negar emitir una factura. Muchos comercios obligan a los consumidores a que sea en el momento de la compra o prestación del servicio, ya que luego será imposible hacerlo. El SAT hace la aclaración que se puede emitir con posterioridad, siempre y cuando sea el mismo año en que se realizó la operación.

También está prohibido negar la factura cuando el cliente pague con efectivo, cuando se trate de un anticipo, o negar la facturación argumentando convenios con alguna cámara para la no emisión de facturas electrónicas.

Registrar una forma de pago distinta

La actualización del sistema obliga a distinguir la forma de pago, entre transferencia, efectivo, tarjeta, cheque, etcétera. Es una práctica indebida registrar otra forma de pago distinta a como se haya realizado la operación.

Obligar a que indiquen el uso de la factura

La versión 3.3 tiene una serie de campos en las que el contribuyente puede indicar el uso que le dará a la factura, ya sean gastos generales, gastos médicos por incapacidad, honorarios médicos, donativos, gastos funerales, etcétera. Si el contribuyente no conoce el uso que le dará puede optar por la clave Por Definir (P01).

Recuerda que cualquier detalle relacionado con la emisión de facturas como las prácticas indebidas pueden ser denunciadas al SAT. Evita problemas.

Este contenido apareció originalmente en Premo.

*LIVM

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