Ahora el SAT acabará con el outsourcing informal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) quiere acabar con la subcontratación informal.
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Muchas emrpesas comenten faltas en el esquema de outsourcing. Foto: Pixabay
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CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) quiere acabar con la subcontratación informal.

La institución lanzó un micrositio en su página de internet, que permite a las empresas, con este tipo de de contrataciones, cerciorarse de que sus proveedores de personal cumplen con sus obligaciones patronales y fiscales.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la empresa contratante debe asegurarse de que su proveedor de personal cumple con pagos salariales y prestaciones sociales, de lo contrario se le considerará a ésta como patrón.

Ernesto Mauleón, director de Administración y Finanzas de la consultoría especializada en capital humano ManpowerGroup, consideró indispensable utilizar todas las herramientas disponibles, para terminar con las malas prácticas de este esquema de contratación.

De las 900 empresas de subcontratación que operan en el país, sólo 100 están registradas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de éstas sólo 40 pagan impuestos", dijo.

El micrositio permite enviar toda la información de los proveedores de personal a las empresas que los contratan, a fin de que puedan consultar el cumplimiento de sus obligaciones legales, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o los recibos de nómina electrónicos por pago a empleados.

Mediante esta herramienta, los contratantes también podrán consultar los comprobantes fiscales del pago al IMSS, las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por sueldos y el pago definitivo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del contratista.

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¿CÓMO OPERA ESTE ESQUEMA LABORAL?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la subcontratación es cuando un patrón (denominado contratista) ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores a un contratante, que puede ser una persona física o moral.

La legislación establece que esta figura no puede abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares, que se desarrollan en el centro de trabajo, además debe justificarse por su carácter especializado y no puede comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.

dvr

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