La importancia de hacer un testamento y sus efectos fiscales

Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. -
Es necesario que tomemos conciencia de la elaboración del testamento y éste sea lo más claro posible. Foto: Photos.com
Es necesario que tomemos conciencia de la elaboración del testamento y éste sea lo más claro posible. Foto: Photos.com

Aún cuando las jornadas notariales promovidas por los Colegios de Notarios del país han impulsado y concientizado la conveniencia de que las personas hagan su testamento, con independencia del patrimonio que tengan, lo cierto es que la población mexicana todavía es renuente a dejar ordenado lo mucho o poco que tengan.

No sólo complican la vida y las relaciones familiares, sino que también dejan contingencias legales para los beneficiarios de dicho patrimonio y entre ellas se encuentra la cuestión tributaria.

En efecto, cuando los bienes del de cujus, quien hace el testamento, no se encuentran ordenados y descritos en un testamento o éste fallece sin elaborarlo, los beneficiarios deberán de desentrañar cada uno de los frutos que genera dicho bien y seguir cumpliendo con las obligaciones fiscales hasta que se proceda a la sucesión que pueda dictar un juez mediante un juicio civil. Cabe recordar que en materia tributaria no aplica el viejo dicho de “muerto el perro se acabo la rabia”, la sucesión sigue generando riqueza y por ende se debe de contribuir al gasto público.

Realizado lo anterior, los beneficiarios podrán gozar de la exención en materia del impuesto sobre la renta respecto de los ingresos que se obtengan por la sucesión testamentaria, pero previamente ya habrá existido un juicio y éste pudo afectar los lazos familiares.

Otro escenario, el típico inmueble que fue del abuelo y éste, de palabra, lo repartió entre los hijos y luego entre los nietos y así, hasta que en la cuarta generación existe alguien sensato que desea corregir y arreglar jurídicamente la propiedad del inmueble. En este escenario, en lugar de acudir a un juicio por intestado, ya que son muchos y pocos comparecerán o cederán, seguramente los que ocupen en el inmueble acudirán a un juicio de prescripción, para poder jurídicamente sostenerse frente a terceros como propietarios legítimos y no sólo como poseedores.

Esta costumbre genera que los beneficiarios del de cujus obtengan un ingreso en bienes y, por tanto, serán contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, contribución de la cuál pudieron estar exentos de haberse efectuado testamento.

En otro ámbito tributario, la importancia de hacer testamento también puede evitar dolores de cabeza cuando los beneficiarios o el propio de cujus no son residentes para efectos fiscales en México.

Pensemos en el caso de una persona residente en España, que tiene bienes ubicados en varias jurisdicciones; por ejemplo, una cuenta bancaria en Suiza, un departamento en Londres, una colección de pinturas en Estados Unidos de Norte América; los hijos de esta persona son residentes en México para efectos fiscales. Al momento de concluir la sucesión testamentaria y una vez repartidos los bienes conforme a las disposiciones previstas en el propio testamento, los residentes en México podrán acreditar la adquisición de los bienes y podrán gozar de la exención del Impuesto Sobre la Renta, en lo tocante a dichos bienes.

El mismo caso, pero al revés, un residente en México deja como herederos a varias personas físicas residentes en el extranjero, éstas obtendrán un ingreso de fuente de riqueza ubicada en el país y en términos del Título V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los beneficiarios sí se encontrarán sujetos al pago de impuestos en México, con independencia del tratamiento fiscal que para herencias o legados exista en su país de residencia.

La tendencia mundial, impulsada por la OCDE, es que los países dejen de dar este tipo de estímulos (ingresos exentos) para sus gobernados y se pretende grabar cualquier tipo de ingreso que se obtenga por herencia o legado, México es de los pocos países que sigue manteniendo este tipo de beneficios y esperamos que todavía falte mucho para que lo eliminen, ya que es de las pocas cosas que en materia fiscal los residentes en México tenemos derecho, máxime cuando no tenemos servicios públicos de la calidad de los países de la OCDE.

Por estas cuestiones y muchas más, es necesario que tomemos conciencia de la elaboración del testamento y éste sea lo más claro posible, para evitar contingencias jurídicas y malentendidos familiares.

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.
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