Las cosas básicas que debes saber sobre el aguinaldo

Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. -
El aguinaldo causa un impuesto con base en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Foto: Pixabay
El aguinaldo causa un impuesto con base en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Foto: Pixabay

Se acerca el fin de año y con ello las fiestas decembrinas, tiempo festejos, de regalos, de vacaciones, de disfrutar con los seres queridos, de gastos extraordinarios a los realizados comúnmente durante el año; diciembre también es un mes en el cual, todos los trabajadores esperamos con alegría ya que es el mes en que recibiremos nuestro aguinaldo.

Esta percepción es un derecho ganado hace muchos años, misma que se encuentra considerada en la Ley Federal del Trabajo que a la letra dice:

Artículo 87 LFT. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.”

Como menciona el artículo, este es un derecho que los trabajadores deben recibir, por un monto que es de 15 días de salario como mínimo, algunas empresas otorgan a sus trabajadores más días por este concepto. También tiene una fecha específica y los empleadores no pueden prescindir de él o dejar de pagarlo, así como deben hacerlo de forma íntegra y en efectivo, cheque o transferencia.

Es importante saber, que por ser considerado un ingreso para el trabajador, éste causa un impuesto con base en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aunque la misma ley contempla una exención de 30 días de salario mínimo. Por ejemplo, una persona que gana 200 pesos diarios y trabajó todo el año, tendría derecho a un aguinaldo de 3,000 pesos, la exención, tomando en cuenta el salario mínimo actual que es de 70.10 pesos, multiplicado por 30 días sería de 2,103 pesos, esto es, solo se aplicaría impuesto a una base de 897 pesos.

Si un trabajador no cumplió todo el año laborando o entró a la compañía ya iniciado el mismo, tiene derecho a la parte proporcional por el tiempo que haya trabajado en el año. Por ejemplo, un trabajador que solo estuvo 6 meses, tendrá derecho al monto que resulte de multiplicar su salario diario por 7.5 días, cabe mencionar que el aguinaldo no es acumulable y se entrega solo por el año en curso.

Ahora bien, si una empresa no paga el aguinaldo antes del 20 de diciembre como lo marca la ley, los trabajadores tienen derecho a realizar las quejas correspondientes ante la Secretaria del Trabajo o ante la  Junta de Conciliación y Arbitraje, ahí podrán brindarles la asesoría necesaria para que puedan ejercer su derecho al cobro.

En cuanto a en qué podemos utilizar nuestro aguinaldo; algunos sugieren porcentajes para el ahorro, para pagar deudas o simplemente para disfrutarlo con la familia, ya que es un derecho ganado, fruto del esfuerzo de todo un año de trabajo, lo importante es utilizarlo de la mejor manera, no abusando de los gastos excesivos para no padecer la ya acostumbrada cuesta de enero.

Esperando que estos comentarios les sean útiles, les deseo felices fiestas, disfruten de este ingreso con responsabilidad y que el año que viene esté lleno de prosperidad, trabajo y muchas utilidades en las empresas, ya que, al final del día, una empresa sana, nos permitirá seguir gozando de los beneficios de tener un empleo y las prestaciones e ingresos que nos provee.

Les deseo felices fiestas y un 2016 lleno de abundancia y bendiciones, agradezco también su amable lectura.

 

*gl

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.
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