Conoce las cláusulas abusivas más comunes

Comprometer tu ingreso y ser víctima de una cláusula abusiva puede ser resultado de saltarte las letras chiquitas de un contrato
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Si no quieres comprometer de más tu capacidad de pago te damos a conocer algunas de las cláusulas abusivas más comunes que la Condusef ha detectado. Foto: Photos.com
Conoce las cláusulas abusivas más comunes

Ciudad de México.-No leer bien el contrato de un crédito o servicio financiero puede llevarte a una situación financiera compleja ya que puedes pasar por alto alguna condición abusiva o contraria a lo estipulado en la ley.

Si no quieres comprometer de más tu capacidad de pago te damos a conocer algunas de las cláusulas abusivas más comunes que la Condusef ha detectado:

-Cobro de intereses moratorios sobre el saldo insoluto.- Cuando un cliente debe, el cálculo de los intereses se hace sobre el saldo vencido, es decir, el pago periódico (por ejemplo, mensual) que no realizaste. Mientras que el saldo insoluto se refiere a la parte total del crédito que aún no has cubierto.

Al cobrar los intereses de esta manera por lo general, el usuario termina pagando más por este concepto.

-Penalización por saldo insuficiente para la compensación.- Esta condición permite que la institución pueda cargar a cualquiera de las cuentas del cliente los adeudos que tenga y si no cuenta con los recursos necesarios, entonces puede aplicar una comisión sobre el adeudo.

-Intercambio de información y consulta del historial crediticio.- Piden al usuario autorización para que puedan consultar su historial y puedan hacerle llegar publicidad de otras empresas pertenecientes a la institución.

-Terminación de créditos por otros adeudos.- Si el cliente se atrasa en el pago de un crédito y queda a deber, la institución puede cancelar todos los créditos que el cliente tenga.

-Penalización por terminación anticipada del crédito.- Si el cliente decide liquidar su deuda de forma adelantada la institución aplica una penalización.

-Cobro múltiple: Un solo hecho como puede ser incumplir con el pago puede generar el cobro de más de una comisión, como comisión por pago tardío y cobro por gastos de cobranza.

Recuerda que antes de firmar debes fijarte en las letras chiquitas pues si ya firmaste, la Condusef está facultada para recomendar que cambien el contrato más no para ordenar la modificación, una facultad que se espera cambie una vez que entre en vigor la Reforma Financiera.

*DR

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