SCT no vetó el convenio concursal de Mexicana

La dependencia federal dejó la responsabilidad de tomar la decisión correspondiente a la juez del concurso mercantil, Edith Alarcón Meixueiro
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La SCT no vetó el convenio concursal de Compañía Mexicana de Aviación y dejó la responsabilidad de tomar la decisión correspondiente a la juez del concurso mercantil, Edith Alarcón Meixueiro. Foto Excélsior
La SCT no vetó el convenio concursal de Compañía Mexicana de Aviación y dejó la responsabilidad de tomar la decisión correspondiente a la juez del concurso mercantil, Edith Alarcón Meixueiro. Foto Excélsior

CIUDAD DE MÉXICO, 3 de julio.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no vetó el convenio concursal de Compañía Mexicana de Aviación y dejó la responsabilidad de tomar la decisión a la juez del concurso mercantil, Edith Alarcón Meixueiro.

Según el acuerdo publicado ayer, la dependencia determinó que “es la suscrita juez federal quien tendrá que resolver sobre la viabilidad del convenio concursal presentado por Gerardo Badín, conciliador de la línea aérea, determinando si dicho convenio cumple con todos los requisitos que al efecto establece la Ley de Concursos Mercantiles, y si es el medio idóneo para garantizar el futuro de la empresa y salvaguardar los derechos de los trabajadores, así como el orden, prelación y privilegio de pago de sus derechos constitucionales y legales”.

La SCT  agregó que tomó nota de todas las objeciones hechas por los acreedores y realizó diversas precisiones sobre elementos a los que no tuvo acceso, como la definición del inversionista, las garantías para el convenio, la viabilidad de la operación de la empresa, el plan de negocios, así como el proceso de acreditación de las cuatro capacidades indispensables para operar (Técnica, Financiera, Jurídica y Administrativa).

La dependencia hizo hincapié en que el tiempo transcurrido no es un factor que favorezca las condiciones del proceso.

“No obstante el ejecutivo federal se ha propuesto como objetivo primordial ayudar a los trabajadores y proteger su situación laboral y económica mediante los mecanismos más eficaces a su alcance.”

Al respecto la juez indicó que de las apreciaciones de la SCT quedó de manifiesto que “no se aprecia en forma alguna que la dependencia ejerza el derecho de veto que le confiere el artículo 242 de la Ley de Concursos Mercantiles”.

Incluso, la SCT tampoco vetó el convenio concursal de Click (Aerovías Caribe).

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