Receta para transitar al retiro laboral

Dependiendo de si un trabajador se desempeña en el sector público o privado, y de la legislación vigente al momento de empezar su carrera, cambian las condiciones para tramitar una pensión
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CIUDAD DE MÉXICO, 31 de agosto.- El retiro de la vida laboral es un momento inevitable, a pesar de lo cual pocos mexicanos llegan bien preparados y muchos, incluso, desconocen el procedimiento.

Actualmente, más de la mitad de la población económicamente activa trabaja en la informalidad y no tendrá acceso a una pensión al momento de su retiro; para el resto existen varias opciones que debe de considerar para acceder a una tasa de remplazo de al menos 70 por ciento de su último salario.

De los trabajadores formales, hay quienes laboral para el sector público y están afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Los que trabajan para la iniciativa privada están afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), explicó a Excélsior Jacaranda López Tenorio, abogada en materia fiscal y administrativa del Despacho Soluciones Jurídicas.

Cada uno de estos trabajadores, dependiendo de a qué instituto estén afiliados, tendrán que cubrir con ciertos requisitos para pensionarse; además habrá algunos, de los afiliados al IMSS, que podrán elegir entre dos diferentes legislaciones, la del del 73 o del 97.

Lo anterior, porque hubo cambios en la Ley del Seguro Social en julio de 1997, por eso las personas que empezaron a cotizar antes de la publicación de la nueva legislación tienen la opción de pensionarse con el régimen anterior o el actual; sin embargo, de la decisión que tomen dependerá el monto que reciban los jubilados, señaló al respecto Moisés Pérez Peñaloza, director de Inversiones Institucionales de Invex Banco.

“Para las personas que tienen la opción de elegir, la diferencia principal es que si eligen pensionarse bajo la ley del 73 recibirán una pensión vitalicia, que le será proporcionada por el IMSS y que será extensible a su viuda; en cambio bajo la ley del 97 los recursos serán entregados en una sola exhibición y el monto dependerá del ahorro que haya ejercido el trabajador en su cuenta individual de la afore”.

Una vez que el trabajador, recibe sus recursos de la afore puede optar por contratar una renta vitalicia con una aseguradora, para recibir el equivalente a una pensión.

“Considerando ambas opciones, un trabajador con un sueldo de 15 salarios mínimos obtendría una tasa de remplazo del 70 por ciento si opta por pensionarse por el régimen del 73, en cambio bajo la ley de 1997, con la renta vitalicia que contrate la tasa de remplazo estaría entre 40 y 45 por ciento”.

De ahí la importancia de estar bien informado, razón por la cual Excélsior te presenta el siguiente ABC sobre los diferentes regímenes de pensión por los que puedes optar y los requisitos que debes de cumplir, así como algunos aspectos importantes a considerar.

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