¿Cómo llega el dictamen de Reforma Energética al Pleno del Senado?

A continuación te presentamos los puntos más relevantes que se incluyen en el dictamen de la Reforma Energética que se discutirá hoy
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¿Cómo llega el dictamen de Reforma Energética al Pleno del Senado? Foto: Excélsior
¿Cómo llega el dictamen de Reforma Energética al Pleno del Senado? Foto: Excélsior

CIUDAD DE MÉXICO.- A continuación te presentamos los puntos más relevantes que se incluyen en el dictamen de la Reforma Energética que se discutirá hoy en el Pleno del Senado:

Artículo 25

Dice que “tratándose de las actividades a que se refiere el artículo 28 de esta Constitución en materia de electricidad, petróleo y demás hidrocarburos, la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimiento de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como un régimen de remuneraciones, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad y transparencia con base en las mejores prácticas, y determinará las demás actividades que podrán realizar”.

Artículo 27

Estipula que en materia de energía eléctrica no se otorgarán concesiones, “sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica.

“Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria.

“Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos”.

Artículo 28 (pendiente)

Mantiene a la exploración y extracción del petróleo como actividades estratégicas, así como la planeación y el control del sistema eléctrico nacional y el servicio público de transmisión y distribución de electricidad”.

Añade que “el Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo, cuya institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos”.

Contratos

Es el régimen transitorio donde se establece que en un plazo no mayor de 120 días, a la entrada en vigor de esta reforma constitucional, el Congreso de la Unión legislará para regular las modalidades de “contratación, que podrá ser: de servicios, de utilidad compartida, producción compartida, y licencia para llevar a cabo, por cuenta de la nación, las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, incluyendo las que puedan realizar las empresas productivas del Estado con particulares (…) en casa caso, el Estado definirá el modelo contractual que mejor convenga para maximizar los ingresos de la nación”.

Forma de pago

Se establece las formas de pago que estarán permitidas y añade que “la nación escogerá la modalidad de contraprestación atendiendo siempre a maximizar los ingresos para lograr el mayor beneficio para el desarrollo de largo plazo.

Asimismo, la ley establecerá las contraprestaciones y contribuciones a cargo de las empresas productivas del Estado o los particulares y regulará los casos en que se les impondrá el pago en favor de la nación por los productos extraídos que se les transfiera”.

Adjudicación

La Comisión Nacional de Hidrocarburos será la encargada de adjudicar los contratos y firmarlos. Ordena la construcción de la ley obligar a que los contratos cuenten con cláusulas de transparencia, que posibiliten que cualquier interesado los pueda consultar; un sistema de auditorías externas para supervisar la efectiva recuperación, en su caso, de los costos incurridos y demás contabilidad involucrada en la operación de los contratos y la divulgación de las contraprestaciones, contribuciones y pagos previstos en los contratos.

Fondo Petrolero (pendiente)

México contará con un Fondo Mexicano del Petróleo para garantizar que el aumento de las ganancias petroleras con la entrada de inversionistas extranjeros y nacionales no se pierda en gastos gubernamentales y se utilicen para prioridades del futuro de la nación, amén de que sea una especie de caja de ahorro de la nación.

Así lo establece el proyecto de dictamen de la reforma petrolera que se discutía en las comisiones de Puntos Constitucionales, Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado y que ayer fue enviado directamente al pleno para su discusión.

El Fondo Mexicano Petrolero está ordenado en la propuesta de cambio al artículo 28 Constitucional; precisa que será “un fideicomiso público en el que el Banco de México fungirá como fiduciario. La Secretaría del ramo en materia de Hacienda realizará las acciones para la constitución y funcionamiento del fideicomiso público referido”.

Ronda cero

La Reforma Energética desarrolla todo un apartado para establecer el derecho de Pemex a escoger los yacimientos que desea trabajar, ante la entrada de los competidores por la extracción del petróleo y el gas del subsuelo nacional, que se conoce como ronda cero.

“Petróleos Mexicanos podrá proponer a la Secretaría del ramo en materia de Energía, para su autorización, la migración de las asignaciones que se le adjudiquen a los contratos a que se refiere el artículo 27, párrafo séptimo, de esta Constitución.

Para ello, la Secretaría del ramo en materia de Energía contará con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos”, dice la propuesta de dictamen.

Sindicato (pendiente)

Los sindicatos de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) y Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM) perderán el poder que tienen dentro de los órganos de gobierno de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE). El acuerdo para que la integración de los órganos de gobierno de ambas empresas paraestatales, que se transformará en empresas productivas, excluya los tres que tienen los electricistas en la Junta de Gobierno de la CFE y los cinco lugares que tienen los petroleros en el Consejo de Administración de Pemex.

*gl

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