SAT flexibiliza inscripción a Régimen de Incorporación Fiscal

El organismo detalló que se amplía el plazo para la declaración mensual de personas físicas
Economía -
El organismo advirtió que para cumplir con estas tareas, el contribuyente podrá asistir a la oficina de servicios al contribuyente más cercana. Foto: Especial
El organismo advirtió que para cumplir con estas tareas, el contribuyente podrá asistir a la oficina de servicios al contribuyente más cercana. Foto: Especial
CIUDAD DE MÉXICO.- Los contribuyentes que pertenecían al Régimen Intermedio o al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de dos millones de pesos y que deseen tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen hasta el 31 de marzo para presentar el aviso de actualización de actividades a través del portal de internet del SAT, informó el órgano fiscalizador de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
 
Asimismo, dio a conocer en un comunicado, que los contribuyentes que únicamente realizan venta de mercancías o prestan servicios al público en general, con ingresos hasta por dos millones de pesos al año, deberán elaborar una factura electrónica con su venta global cada dos meses; una declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero podrán entregar junto con la del periodo marzo-abril, hasta mayo y presentar un reporte de sus ingresos y sus gastos.
 
“Es importante que pidan factura de todas las compras que realicen para que tengan oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago de impuestos durante el primer año”, advirtió el SAT.
 
El organismo advirtió que para cumplir con estas tareas, el contribuyente podrá asistir a la oficina de servicios al contribuyente más cercana, a fin de que reciba la asistencia en el llenado y envío de la información solicitada.
 
Los contribuyentes cuyos clientes deban emitir facturas electrónicas, porque así se lo soliciten, podrán hacerlo fácilmente a través del sistema “Mis Cuentas”; de la herramienta gratuita para emitir facturas en el portal del SAT o acceder a los servicios de un auxiliar de facturación.
 
Adicionalmente en la publicación de nuevas reglas en el portal y en breve en el Diario Oficial de la Federación, la autoridad fiscal anunciará la extensión del plazo al mes de marzo, para que las personas físicas presenten su declaración de pago provisional o definitivo correspondiente al mes enero de 2014.
 
Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes los siguientes canales de comunicación: sat.gob.mx, la cuenta de twitter @satmx, SAT México en Facebook y el INFOSAT 01 800 46 36 728.
 
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