IFT autoriza retransmisión de señal abierta

En sesión extraordinaria el pleno del Instituto determinó los lineamientos para los operadores de televisión de paga
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El presidente del IFT, Gabriel Contreras, afirmó que estos canales son los únicos que a criterio del IFT tienen más de 50% de la cobertura nacional.
El presidente del IFT, Gabriel Contreras, afirmó que estos canales son los únicos que a criterio del IFT tienen más de 50% de la cobertura nacional.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó  que la retransmisión gratuita de las señales de televisión de los canales 2, 5, 7 y 13 cumple con las características establecidas por la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones para ser parte del llamado must carrier-must offer, por lo que aprobó su retransmisión por las firmas de TV de paga.

En una conferencia tras la sesión extraordinaria de ayer, los integrantes del Pleno del IFT dieron a conocer los Lineamientos Generales para la retransmisión de señales de televisión abierta por parte de los prestadores de video restringido.

Gabriel Contreras, presidente del organismo, explicó que entre tales lineamientos y conforme lo mandata la reforma, pueden ser retransmitidos aquellos canales que tienen una cobertura geográfica superior a 50 por ciento del territorio nacional.

“Este Instituto determinó las señales que a su juicio tiene una cobertura de más del 50 por ciento del territorio nacional y esas señales son las identificadas con los nombres comerciales siguientes: El Canal de las Estrellas, el Canal 5, Azteca 7 y Azteca 13. Son única y exclusivamente las que al juicio del Instituto tienen un cobertura del 50 por ciento o más del territorio nacional.”

Condiciones

Comentó que todas las empresas del servicio satelital están obligadas a la retransmisión de esos canales. Sin embargo, precisó que los proveedores que se encuentran retransmitiendo el canal 9 deben dejar de hacerlo, dado que esa señal no tiene ese porcentaje de cobertura.

De la misma forma destacó que tal retransmisión se debe realizar en la misma zona geográfica de cobertura, de manera íntegra, sin modificaciones e incluso con la misma publicidad.

El Pleno del IFT dio a conocer lo anterior, luego de que la semana pasada se vio impedido de dar a conocer tales lineamientos, debido a que el Juez 32 en materia Civil le solicitó que se abstuviera de pronunciamiento alguno por considerar que no cuenta con facultades en materia de retransmisión de esos contenidos.

Siguen investigando

En cuanto al tema de la relación contractual entre Teléfonos de México y Dish, integrantes del Pleno del IFT informaron que se realizará la investigación correspondiente y que ya se ha requerido a tales empresas la información al respecto.

Aseguraron que en los archivos del IFT no existen tales contratos del denominado proyecto Alpha y que lo que hay es un resumen de todos los convenios, pero no en forma específica los que se refieren a una participación accionaria de Telmex en Dish, ni el correspondiente a las consecuencias en el caso de que no se cumplieran los compromisos de inversión.

El comisionado Adolfo Cuevas destacó que en investigaciones anteriores al respecto realizadas por la Comisión Federal de Competencia y la Comisión Federal de Telecomunicaciones las empresas no presentaron tales contratos.

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