CIUDAD DE MÉXICO, 3 de marzo.- Los próximos días serán de resoluciones masivas por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debido a que se cumplirá el plazo fatal impuesto al organismo regulador a raíz de los cambios derivados de la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones, Radiodifusión y Competencia, para que cumpla con ciertos mandatos.
Los 180 días naturales vencerán el próximo 9 de marzo en un ámbito de incumplimiento ante el Congreso, al no emitir la regulación secundaria correspondiente desde hace tres meses.
Al respecto, Gabriel Contreras, presidente del IFT, dijo que se cumplirá aun sin contar con la ley reglamentaria respetiva.
En tanto, Ignacio Peralta, subsecretario de comunicaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), expuso: “No hay un vacío legal. Existe ley que se aplica y las decisiones que mandata la Constitución al IFT se están tomando con base en ese marco jurídico”.
Cumplimiento cabal
Contreras, aseguró que el regulador cumplirá en forma absoluta con el mandato, ya que pese a la falta de tal ley reglamentaria cuenta con un marco legal sólido en la Ley Federal de Procedimientos Administrativos, en la Ley Federal de Telecomunicaciones, la Ley Federal de Radio y Televisión y echando mano de todos aquellos instrumentos legales que no se opongan a la Constitución.
En tanto, los legisladores de diferentes fracciones parlamentarias y ambas cámaras han argumentado que siguen sin trabajar en dicha regulación, en espera de que el Poder Ejecutivo presente una iniciativa al respecto.
Proyecto listo
Sobre la ley secundaria, Peralta dijo desconocer la fecha de entrega del proyecto al Congreso ni cuál será la cámara de origen.
Sin embargo, el funcionario comentó que como ha informado el titular de la SCT, Gerardo Ruiz Esparza, el documento está concluido desde el segundo semestre del año pasado.
Pendientes
En esta semana se vence el plazo, por lo cual:
- El IFT debe emitir la convocatoria y las bases de licitación de frecuencias para dos nuevas cadenas de televisión digital abierta, con cobertura nacional.
- Tendrá que determinar la existencia de agentes preponderantes, o sea, empresas con participación nacional mayor al 50%, medido ya sea por número de usuarios, suscriptores, audiencia, tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas.
- Establecer medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del agente preponderante para que los competidores tengan acceso a la red de esa empresa.
- El organismo tiene hasta el 9 de marzo para dar cuenta del cumplimiento que han dado los concesionarios.
- Además, está obligado a tener integrado un Registro Público de Concesiones.