CIUDAD DE MÉXICO.- Los bancos en México tendrán mayor certeza sobre la recuperación de los créditos con el fallo que emitió recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación que abre la posibilidad de embargo del sueldo de los trabajadores morosos, aunque esto no modificará sus prácticas de cobranza, aseguró Javier Arrigunaga, presidente de la Asociación de Bancos de México (ABM).
“Puede ser una decisión con alto valor jurídico, pero no cambia en general las definiciones o prácticas de cobranza de las instituciones, no es como que de repente nos vayamos a volcar a embargar las cuentas”, explicó el líder de los banqueros.
Hace un par de meses y por mayoría de votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia determinó que los jueces pueden ordenar el embargo del excedente del salario mínimo de un trabajador para garantizar el pago de las deudas.
Embargo
El embargo procede por 30 por ciento del excedente del salario mínimo del trabajador, por ejemplo, si una persona gana 10 mil pesos mensuales, le pueden embargar 30 por ciento del excedente de su salario mínimo, es decir, dos mil 386 pesos.
“En general todo lo que dé mayor certeza a la posibilidad de exigir los cobros judicialmente, abona y fortalece el Estado de Derecho, digamos, pero no creo que vaya a ser un cambio fundamental”, precisó.
Por su parte, Luis Robles, vicepresidente de la ABM comentó que es un precedente jurídico importante, pero no cambia la forma como la banca ha actuado en los últimos años.
Si bien la SCJN autorizó desde el 26 de marzo el embargo de los sueldos, será a partir de julio cuando las instituciones contarán con juzgados especializados para recuperar los adeudos.
De acuerdo con Raymundo Tenorio Aguilar, director de las carreras de Economía de la Escuela de Negocios del Tecnológico de Monterrey campus Santa Fe, las deudas mercantiles y civiles pueden ser desde una renta, la que se tiene con una tarjeta de crédito, un préstamo hipotecario o comercial.