IVA en alimentos preparados, necesario para competitividad: KPMG

En los últimos días, el IVA a productos como hot-dogs y sandwiches que se venden en las tiendas de conveniencia generó ruido entre los consumidores
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Las propias empresas lo pidieron, pues había quienes gravaban estos productos y otros que no, por las diferentes interpretaciones que se daba a la palabra “preparado”. Foto: Cuartoscuro
Las propias empresas lo pidieron, pues había quienes gravaban estos productos y otros que no, por las diferentes interpretaciones que se daba a la palabra “preparado”. Foto: Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO.- En los últimos días, el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a productos como los hot-dogs y sandwiches que se venden en las tiendas de conveniencia generó ruido entre los consumidores, sin embargo, esta modificación era necesaria para una mejor competencia entre estos productos, aseguró César Catalán, socio de Impuestos Indirectos de KPMG en México.

Interpretaciones

De hecho, el cobro de este impuesto, se trata de una modificación fiscal que las propias empresas solicitaron, pues había quienes gravaban estos productos y otros que no lo hacían, por las diferentes interpretaciones que se daba a  la palabra “preparado”.

“La  Ley del Impuesto al Valor Agregado ya contemplaba este impuesto, no es una cuestión nueva, viene desde mediados de los 90. El problema o diferencia es que, en términos de semántica, había interpretaciones que permitían decir que los alimentos preparados eran los que se preparaban en el lugar y no los que ya vienen con un proceso de ensamblaje”, comentó César Catalán.

Entonces, dijo, el consumidor podía encontrar el mismo producto en diferentes tiendas y en unas estaba gravado y en otras no, por lo que el IVA se convertía en parte de la utilidad de la empresa; pero, ahora, un sandwich en “bolsita engrapada”, el que viene empacado desde una fábrica o el que se elabora en la misma tienda deben pagar el impuesto por igual.

De acuerdo con la consultoría KPMG, la nueva disposición entró en vigor a partir del 1 de julio de este año, por lo anterior prevé que afectará a las tiendas denominadas de conveniencia, mini supers y tiendas de autoservicio. Al respecto, estas empresas deberán estar preparadas para cumplir esta obligación fiscal.

El impacto

En entrevista, César Catalán comentó que el efecto de la modificación se notará en las empresas que no pagaban el impuesto: “habrá un impacto en las compañías que no gravaban, porque tienen dos posibilidades: afectar su utilidad o incrementar el precio”.

Destacó que si las empresas quieren subir precios, deberán realizar un análisis de las ventas tanto por producto, como por región, pues hay alimentos preparados que no se consumen de la misma forma en todo el país.

Por otro lado, afirmó que “seguramente el que ahora tiene que pagar IVA tendrá que afectar su utilidad, porque no puede subir el precio, ya que su competidor directo va a mantener el que ya tenía”.

Al ser cuestionado sobre los problemas que enfrentaría una empresa que sigue evandiendo el pago de este impuesto, mencionó que una compañía así puede hacerse acreedora a multas y hasta a acciones penales en su contra.

La recaudación

El especialis­ta de KPMG,  calificó la medida de positiva, pues se espera que sí incremente la recaudación y que también genere una mejor competencia en el sector. Sin embargo, menciona que es difícil determinar cuántos recursos podrían recaudarse  a través de estas modificaciones, pues no se han publicado algunas estimaciones oficiales.

En cuanto a si el ajuste generará que la gente en lugar de comprar alimentos preparados en las tiendas de conveniencia opte por hacerlo en la economía informal, César Catalán afirmó que los puestos callejeros no necesariamente son un sustituto, pues hay otras opciones en el mercado de alimentos.

“No siempre los productos de la economía informal son sustitutos de los productos que se van a gravar con el Impuesto al Valor Agregado, por salud, calidad  y acceso”, concluyó el entrevistado.

 

 

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