Es prioritario identificar operaciones inexistentes; análisis de KPMG

Este tipo de casos generan un ambiente adverso en el sector empresarial
Economía -
Iniciativa. Ricardo Arellano, socio líder de Impuestos y Legal de la Región Bajío de KPMG en México, sugirió analizar las operaciones. Foto: Cortesía
Es prioritario identificar operaciones inexistentes; análisis de KPMG

 

CIUDAD DE MÉXICO.- Las empresas pueden establecer un protocolo para analizar a sus proveedores antes de contratarlos para así detectar si son compañías que acostumbren declarar operaciones inexistentes para obtener beneficios fiscales, recomendó el socio líder de Impuestos y Legal de la región Bajío de KPMG en México, Ricardo Arellano.

En entrevista con Excélsior, advirtió que las empresas que suelen hacer declaraciones de operaciones inexistentes para obtener supuestos beneficios fiscales afectan a las firmas que son clientes, por lo que es mejor detectarlas a tiempo para evitar transacciones con ellas y así resguardar la estabilidad y reputación de los compradores.

Refirió que de acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la facturación de operaciones inexistentes ha sido de siete mil 100 millones de pesos, derivada exclusivamente de la autocorrección por parte de los contribuyentes.

En este sentido mencionó que según el informe de la Mesa de Combate a la Ilegalidad 2016, resultó que mil 131 empresas facturaron operaciones inexistentes y que se encontraban vinculados a 58 mil 901 empresas que efectuaron deducciones o solicitaron devoluciones, donde el impacto de la recaudación fue el señalado en el párrafo anterior.

Asimismo, en dicho informe se señaló que durante el año pasado los contribuyentes que presuntamente habían realizado operaciones inexistentes por un importe de 721 mil 401 millones de pesos estaban vinculados a 117 mil 734 empresas que deducen o solicitan devoluciones.

Ante este panorama, indicó que las firmas que solicitan los servicios de otras deben incorporar como obligación en sus prácticas los protocolos de detección oportuna, en cuyo procedimiento se debe incluir la revisión de las publicaciones que realiza el SAT sobre las empresas que ya detectó.

“Es fundamental antes de contratar tener primero un protocolo para definir a sus proveedores, el cual debe incluir características de calidad, honestidad y buenas prácticas. Ya una vez definido este protocolo, es fundamental hacer verificaciones constantes a la información que publica la autoridad. Así se contribuye a llevar a cabo transacciones exitosas”, dijo Ricardo Arellano.

Cuando una empresa reporta operaciones inexistentes, alertó, afecta a todo el país, porque existen personas físicas y morales que cumplen en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.

Por ello, el entrevistado recalcó que la contratación de proveedores, actividad siempre necesaria para el funcionamiento de las empresas, debe realizarse con compañías seguras para evitar malos manejos y futuros problemas de reputación.

MEDIDAS

Por lo anterior es importante que la administración de las empresas adopte medidas preventivas tales como:  Efectuar un análisis de las condiciones comerciales establecidas con sus proveedores de bienes, pero sobre todo con los de servicios, que permita identificar riesgos relacionados con su solvencia moral.

Revisar permanentemente las publicaciones que se hacen a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), respecto de las listas de los contribuyentes que presuntamente se encuentran involucrados en temas relacionados con las operaciones inexistentes.

Revisar de manera minuciosa el cumplimiento de la materialidad de las condiciones contractuales pactadas entre las partes.

Contar con un expediente que integre todos los documentos (entregables) que permitan de manera fehaciente demostrar que se trató de una operación real). Cerciorarse de que el proveedor contratado cuente con activos, infraestructura, personal y sobre todo con capacidad económica.

En el caso de que el proveedor subcontrate a terceros para poder proporcionar los servicios pactados con la empresa, habrá que verificar que dicho tercero cumpla con sus obligaciones fiscales.

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