¿Es legal que revisen tu ticket de compra antes de salir del supermercado?

Revisar tickets de compra y mercancías a los clientes, antes de salir de la tienda o del supermercado, podría ser una medida ilegal
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Revisar tickets de compra y mercancías a los clientes, antes de salir de la tienda o del supermercado, podría ser una medida ilegal. Foto: Pixabay.
Revisar tickets de compra y mercancías a los clientes, antes de salir de la tienda o del supermercado, podría ser una medida ilegal. Foto: Pixabay.

CIUDAD DE MÉXICO.- Revisar tickets de compra y mercancías a los clientes, antes de salir de la tienda o del supermercado, podría ser una medida ilegal. Esto, pese a que en los últimos años se ha generalizado este tipo de verificaciones.

Los artículos 9o y 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores de bienes o servicios, tienen prohibido llevar acciones que atenten contra la libertad o seguridad de los consumidores, con el pretexto de registro o averiguación.

ARTÍCULO 10.- Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.”

En el caso de que algún cliente sea sorprendido en la comisión de un delito, los proveedores, agentes o empleados, sólo deben limitarse a poner al presunto infractor a disposición de las autoridades correspondientes.

En el caso se continuar con la revisión a los clientes, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), está facultada para multar con 834.15 y hasta 3,262,498.76 pesos, en términos de la LFPC.

Además, se tendrá que hacer la reparación del daño moral e indemnizar por daños y perjuicios ocasionados, si no se puede comprobar la comisión del delito señalado.

La Profeco ha hecho un llamado a las tiendas de autoservicio, para que desistan de llevar a cabo este tipo de revisiones, y advirtieron que harían operativos de vigilancia.

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