No habrá operativos sorpresa ni multas por norma contra el estrés: STPS

Aunque la norma ya entró en vigor, no saldrán a buscar empresas que no hayan cumplido con ella ni a imponer multas a diestra y siniestra
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Aunque la norma ya entró en vigor, no saldrán a buscar empresas que no hayan cumplido con ella ni a imponer multas a diestra y siniestra. Foto: iStock.
Aunque la norma ya entró en vigor, no saldrán a buscar empresas que no hayan cumplido con ella ni a imponer multas a diestra y siniestra. Foto: iStock.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no llevará a cabo operativos sorpresa en las empresas ni impondrá multas por la entrada en vigor de la NOM 35, que obliga a las empresas a atender los factores de riesgo sicosocial de sus trabajadores, como el estrés, ansiedad y desequilibrio del sueño.

Omar Nacib Estefan Fuentes, director de Seguridad y Salud en el Trabajo de la dependencia, dijo que, aunque la norma ya entró en vigor, no saldrán a buscar empresas que no hayan cumplido con ella ni a imponer multas a diestra y siniestra.

Lo que me gustaría transmitir a los centros de trabajo, empresarios grandes, medianos y pequeños es que no vamos a salir a inspeccionar a diestra y siniestra buscando imponer multas (…) no tenemos contemplado ningún operativo sorpresa, no vamos a salir a fiscalizar el cumplimento de la norma que entró en vigor, pero eso no quiere decir que habrá inspecciones”.

Dijo que, en el caso de que una empresa de manera constante decida no cumplir con esta normatividad, lo que procederá es la realización de inspecciones para mostrar sus avances, la autoridad podrá visitar el lugar hasta en cinco ocasiones para verificar el cumplimiento.

Después de la quinta visita, si no hay progreso, se impondrá multa. Estefan Fuentes indicó que la NOM-STPS-035, tendrá una implementación diferenciada para los centros de trabajo. La primera etapa delimita los requisitos con los que los centros de trabajo tendrán que cumplir, como son las medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información.

En la segunda etapa, que inicia el 23 de octubre de 2020, la implementación consistirá en la identificación y análisis de los factores de riesgo sicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y las acciones de control, la práctica de exámenes médicos y los registros.

Este año lo que tienen que hacer las empresas de hasta 15 trabajadores, es establecer e implantar la política de prevención”.

Problema que debe atenderse

Es el riesgo sicosocial más importante en el país. México tiene el primer lugar en estrés laboral, por encima de países como China (73%) y EU (59%), las dos economías más grandes del planeta.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), 75% de la población padece fatiga por estrés laboral. Es un patrón de reacciones emocionales, cognitivas, fisiológicas y de comportamiento a ciertos aspectos adversos o nocivos del contenido del trabajo, organización del trabajo y el medio ambiente de trabajo.

Es un estado que se caracteriza por altos niveles de excitación y de respuesta y la frecuente sensación de no poder afrontarlos.

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