Alicia Salgado

Cuenta corriente

Alicia Salgado

11 Abr, 2022

Profeco y Condusef: ¿y la lana, apá?

 

 

 

El 31 de marzo se aprobó en la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados, que preside Jorge Inzunza, del PAN, la opinión favorable sobre la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Objetivo y cuyo objeto —loable— es aumentar las penas a comercios e instituciones financieras por incumplir con el acopio del consentimiento previo, informado y expreso de sus clientes y usuarios para que puedan usar (vender) sus datos con fines de comercialización de sus productos o de terceros.

Suena bien, y más aun porque todos están obligados a no comercializar los datos de sus clientes a terceros en los términos de la Ley del Inai, pero el problema es que el presupuesto de la Profeco y la Condusef, los organismos encargados de custodiar y sancionar malas prácticas, no es suficiente para realizar la actualización de ese registro.

Y no crea que le invento un tache a las instituciones que comandan Ricardo Sheffield y Óscar Rosado, respectivamente, sino que, en el agregado de austeridad republicana, estos organismos no tienen capacidad presupuestal para cumplir con lo que se les proponga, y menos asegurar el tránsito de un modelo opt-out a uno opt-in, como propuso, y fue aprobado en la Cámara alta, el senador Ricardo Monreal, el coordinador del grupo mayoritario en el Senado, en la sesión del 29 de octubre de 2019.

El modelo opt-in es cuando un usuario se suscribe y acepta recibir información comercial por e-mail, teléfono o mensajería. Para evitar el envío de spam, actualmente existen varias formas de opt-in, como soft opt-in, single opt-in y double opt-in. Luego, el opt-out es el link para darse de baja, presente en los e-mails enviados o los servicios de mensajería y teléfonos y supone, de entrada, que un usuario exprese el consentimiento previo e informado de lo que va a recibir.

El ordenamiento aprobado que, si la discusión energética lo permite, podría ir al Pleno, pasando Semana Santa, y en él se indica que las instituciones financieras comunicarán a la Condusef la lista de los usuarios que sí autorizan y de los que no autorizan el uso de sus datos personales con fines publicitarios, lista que deberá actualizarse de manera trimestral y debe incluir el uso de esa base de datos para todas las actividades mercadotécnicas y publicitarias realizadas en el trimestre anterior.

El famoso Redeco (Profeco) no tiene ni teléfono especial asignado y, si tienes suerte y te contestan, adviertes que eres atendido por un par de personas, en una computadora básica, no tiene capacidad para la recepción de bases de datos y, menos, capacidad para identificar malas prácticas para sancionar, como la minuta establece.

En minuta remitida a la Cámara de Diputados (gaceta del 5 de noviembre) se contempla la prohibición para hacer llamadas o mensajes de publicidad (plenamente identificables, nada de que son números de telemercadeo sin identificador claro de la empresa o institución de donde llama) a usuarios que hayan manifestado su deseo expreso (escrito u oral), previamente informado (debe quedar testigo) y previo a la llamada de no recibir dichos comunicados.

Las llamadas telefónicas deberán ser plenamente identificables y la base de datos entregada al Repep y al Reus, con los que si deseen y no deseen recibir publicidad, porque se prohíbe en esta propuesta de ley que proveedores y empresas utilicen o compartan información de consumidores con fines mercadotécnicos y publicitarios.

La minuta que irá a Pleno responsabiliza a los proveedores de servicios financieros y empresas comerciales del manejo de la información de los consumidores cuando la publicidad la envíe él o terceros y obliga a establecer sistemas claros que revelen el origen de las llamadas y mensajes, plenamente identificables y sólo podrán ser emitidos en horarios razonables.

El sentido puede ser el correcto, pero debiera incluir, si realmente lo quieren hacer efectivo, el ordenamiento a la SHCP para que les otorgue el recurso presupuestal que les permita tener la capacidad técnica que esta ley les exigirá a la Profeco y la Condusef, porque, de lo contrario, será una nueva “llamada a misa”.

 

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