Alicia Salgado

Cuenta corriente

Alicia Salgado

29 Oct, 2018

Reforma constitucional a la consulta popular

¡Váyanse acostumbrando porque realizaremos una Reforma Constitucional para eliminar los candados impuestos en la constitución a las consultas populares, dijo el presidente electo el viernes, Andrés Manuel López Obrador. Más allá del resultado de la consulta sobre el NAIM, el mecanismo es lo que estaba en juego y, más aún, la iniciativa está en la Cámara de Senadores, no hay que esperarla.

Fue presentada el 4 de octubre por la senadora por Baja California y presidente de la Comisión de Seguridad, Jesús Lucía Trasviña Waldenrath, y propone modificar los numerales 2 y 5 de la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales; de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Estudios Legislativos Primera, pero no incluye cambios al numeral 3 que sirvió como “candado” efectivo para invalidar las peticiones de consulta popular que en su momento (2014) realizaron el PRD-PT-Morena para consultar la Reforma Energética; y el PAN para consultar salarios mínimos equiparables a línea de bienestar Coneval.

Recordemos que cuando el 29 y 30 de octubre del 2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (la presidía el ministro Silva Meza y de esa corte formaba parte la virtual secretaria de Gobernación, la ministra Olga Sánchez Cordero) resolvió sobre ese par de consultas, las volvió letra muerta al encontrar que las dos eran inconstitucionales porque consultar la energética afectaría los ingresos y gastos del Estado y, porque violaban los principios de representatividad y federalismo establecidos en el 40 constitucional. O sea, todos los argumentos y todos los candados cabían ahí.

De pilón, creo que la propuesta buscaría que no tenga que definir la SCJN sobre la constitucionalidad de cada consulta que se solicite, pues tenga presente que también hay otras iniciativas en Diputados y Senadores que buscan regular de manera distinta el tema de consultas populares indígenas, un tema clave en la construcción de infraestructura y explotación de recursos naturales y minerales.

Es presumible que la iniciativa de Trasviña sea nutrida por otras e inclusive que lo propuesto sea ampliado, incluyendo algunas que se presentaron en el curso de estos años en la Cámara de Diputados yen la de Senadores y que curiosamente no fueron desechadas en el proceso de dictaminación negativa, como la de Rocío Nahle, hoy senadora y pronto secretaria de Energía, sobre someter a consulta popular todos los tratados internacionales que firme México.

La iniciativa de Trasviña propone que las consultas y plebiscitos puedan realizarse en cualquier momento (no sólo en momentos de elección), establece que los resultados de éstas sean vinculatorios para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos que hayan ejercido su derecho al voto en la última elección. Si en la última elección federal participaron 50 millones de mexicanos, sería sustancialmente inferior a los 90 millones exigidos en la lista nominal.

Actualmente, para dicha vinculación se requiere, al menos, el 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

Trasviña también propone que la autoridad electoral procurará su celebración de forma expedita una vez que se cumplan los requisitos señalados por la Ley.

Y en los artículos transitorios se establece que la Cámara de Diputados contemplará en el Presupuesto de Egresos de la Federación siguiente a la aprobación de la reforma, la asignación y garantía de la suficiencia presupuestal para la realización de consultas populares de conformidad a lo ya establecido en la ley en la materia.

A la luz de los resultados de la consulta del NAIM y, de la participación lograda, no creo que se aviente López Obrador y su mayoría una reforma constitucional fast track sobre el tema, pero tiene mayoría y la alcanza para modificar el marco de la democracia representativa.

Mire, le comenté el jueves que el mecanismo es lo que estaba en juego en esta consulta, su legitimidad es lo de menos. Seguramente votaron menos de 1.8  millones de mexicanos, que es el equivalente al 2% de ciudadanos que se requieren para solicitar una consulta en los términos del 35 constitucional, pero al fin cumplió su cometido: mostrar que es posible eliminar los candados políticos al mecanismo de consulta o plebiscito o referéndum, incluyendo el más importante: referéndum a cargos políticos.

DE FONDOS A FONDO

#CandilDeLaCalle.. En el caso Odebretch, hasta la fecha, la PGR cuyo encargado de Despacho es Alberto Elías Beltrán, no ha querido recibir de las autoridades brasileñas las pruebas testimoniales de los sobornos confesados por el director de Odebretch en México, como tampoco se inician investigaciones sobre posibles sobornos o actos de corrupción cometidos por empresas mexicanas en otros países.

Este es uno de los elementos que se considera clave en el capítulo anticorrupción que se incorpora en el T-MEC y supongo que el trabajo comienza por el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del pasado 22 de octubre, mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (CCSNA) da a conocer el protocolo para prevenir, detectar, investigar, perseguir y sancionar el cohecho internacional en cualquiera de sus modalidades.

Ese protocolo implica una gran coordinación entre autoridades de diferentes países, no sólo para identificar el cohecho, sino todo acto de corrupción que trasgreda reglas de competencia económica, realice arbitraje regulatorio internacional, e implica el poder desarrollar un protocolo de coordinación efectiva entre las autoridades mexicanas de justicia, de control interno, así como de autoridades fiscales, de inteligencia y supervisión del sector financiero, de actividades y promoción económica, y de relaciones exteriores.

A ver si les sirve para establecer un convenio que le permita a la PGR recibir los testimonios de las autoridades judiciales de Brasil en portugués y que aquí contraten peritos traductores (como ocurrió en Estados Unidos), para que procedan contra quien o quienes son señalados en el caso de Odebrecht.

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