Pago de tenencia y refrendo, ¿cuál es la diferencia?

Tener un auto no solo implica gastar en ponerle gasolina o llevarlo al mecánico, sino también se tiene que cumplir con el pago de tenencia y refrendo, pero, ¿cuál es la diferencia?
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Tener un auto no solo implica gastar en ponerle gasolina o llevarlo al mecánico, sino también se tiene que cumplir con el pago de tenencia y refrendo, pero, ¿cuál es la diferencia? Foto: iStock
Tener un auto no solo implica gastar en ponerle gasolina o llevarlo al mecánico, sino también se tiene que cumplir con el pago de tenencia y refrendo, pero, ¿cuál es la diferencia? Foto: iStock

Tener un auto no solo implica gastar en ponerle gasolina o llevarlo al mecánico, sino también se tiene que cumplir con el pago de tenencia y refrendo, pero, ¿cuál es la diferencia?

Cada año las personas que tienen auto deben cumplir con el pago de tenencia y refrendo, según el vehículo que manejen. Sin embargo, muchos suelen pensar que dichos impuestos son uno mismo.

Diferencias entre tenencias y refrendo

La tenencia es un impuesto que se creó en 1963 y su único propósito es que los automovilistas paguen por tener coche.

Este pago se calcula sobre el valor del automóvil, sin embargo, el cobro de este impuesto es controversial, ya que algunos conductores aún así pagan el Impuesto Sobre Autos Nuevos (ISAN), pese a que en algunos estados de la república se eliminó.

Al valor comercial del automóvil se le aplica una tasa que va de 3 pro ciento a 9.9, esto con la finalidad de calcular el monto de la tenencia a pagar.

Refrendo 

Por su puesto, el pago de tenencia se puede exentar siempre y cuando el valor del automóvil no supere los 250 mil pesos.

Por su parte, el refrendo se aplica a todos los autos sin importar el valor comercial. Dicho impuesto se cobra como una forma de renovar el uso de las placas.

Cabe señalar, que cada estado define el monto a pagar de refrendo; en la Ciudad de México tiene un costo de 598 pesos, en el Estado de México se cobra 671 pesos y en Nuevo León el costo es de 529 pesos.

Tanto la tenencia como el refrendo se pagan en los primeros meses del año, siempre y cuando el automovilista no tenía adeudos vehiculares o multas de tránsito.

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