SAT da prórroga: Factura 4.0 será obligatoria hasta enero del 2023

La entrada en vigor para emitir la nueva factura electrónica 4.0 del SAT será hasta el 1 de enero de 2023, aquí te damos los detalles.
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Gente formada afuera de las oficinas del SAT en Paseo de la Reforma.
La entrada en vigor para emitir la nueva factura electrónica 4.0 del SAT será hasta el 1 de enero de 2023, aquí te damos los detalles. Foto: Cuartoscuro

La entrada en vigor para emitir la nueva factura electrónica 4.0 será hasta el 1 de enero de 2023, y no el 1º de julio de 2022 como se tenía previsto, dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales, el SAT informa que la nueva factura electrónica 4.0 será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023”, informó la institución que encabeza Raquel Buenrostro.

Con ello, las empresas y empleadores podrán seguir usando la factura 3.3, como hasta ahora ha sucedido y migrar a la nueva facturación el resto del año.

Además, las personas físicas y morales que ya utilizan la nueva versión de facturación 4.0 deben continuar con ella, con la finalidad de socializar el uso de esta.

Hasta el primer trimestre del 2022 se habían emitido dos mil 299 millones de facturas electrónicas, de las cuales el 99.72% fueron versión 3.3 y 0.28% de la versión 4.0, según el Informe Tributario y de Gestión del SAT.

La nueva factura contiene datos específicos, como el código postal del contribuyente, el domicilio fiscal y el régimen en el cual tributa. Por ello, muchas empresas solicitan a sus empleados la Constancia de Situación Fiscal, para poder timbrar los recibos de nómina con las nuevas disposiciones.

Ante ello, el fisco recordó que el contribuyente debe conocer y mantener actualizada su información fiscal contenida en la Constancia de Situación Fiscal, “la cual es como su acta de nacimiento”, ya que tiene datos de identificación, ubicación y obligaciones, como RFC, nombre o Razón Social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscales.

Imagen intermedia

Sin necesidad de constancia 

El SAT aseveró que, si el contribuyente conoce toda su información fiscal, puede entregarla a su empleador o emisor de factura, sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal.

La pregunta clave es: Y si no la entrego, ¿qué puede pasar?

Además, recordó que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago.

Finalmente, el fisco insistió en que la entrega de constancias es gratuita y no debe ser condicionada por ninguna persona servidora pública del SAT por presuntos adeudos o  verificación física de domicilio del contribuyente.

De acuerdo con la Coparmex han aparecido “coyotes” que buscan obtener beneficios a cambio de entregar la Constancia de Situación Fiscal. El SAT mantiene las diversas alternativas digitales para la Constancia de Situación Fiscal, desde el portal del SAT, en el que sólo se necesita el RFC y contraseña o firma electrónica vigente, desde SAT Móvil, con el RFC y contraseña o desde SAT ID, con una identificación oficial vigente y el RFC a 13 posiciones.

Por: Lindsay H. Esquivel

*clm

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