Ley Fintech: En contra del lavado de dinero

El ordenamiento entra en vigor hoy y otorga plazos de casi un año en algunos requisitos
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El ordenamiento entra en vigor hoy y otorga plazos de casi un año en algunos requisitos. Foto: iStock
El ordenamiento entra en vigor hoy y otorga plazos de casi un año en algunos requisitos. Foto: iStock

CIUDAD DE MÉXICO.- El primer paquete de leyes secundarias de la Ley Fintech, promulgada el pasado 9 de marzo, fue publicado ayer por la Secretaría de Hacienda; la prevención del lavado de dinero y el combate al terrorismo conforman la columna vertebral del marco normativo.

Estas leyes secundarias son aplicables para las empresas de tecnología financiera, como instituciones de fondeo colectivo, fondos de pagos electrónicos, o como modelo novedoso y entran en vigor a partir de hoy martes 11 se septiembre de 2018.

En la publicación, en el Diario Oficial de la Federación la Secretaría de Hacienda detalló que, si bien el surgimiento de nuevas tecnologías y modelos novedosos en los servicios financieros impulsa la inclusión financiera...

Existe la necesidad de contar con la regulación adecuada que permita tener los elementos suficientes para evitar que las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) sirvan de medio para la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo”.

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OBLIGACIONES

Atendiendo a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) las ITF deberán elaborar a partir de hoy un documento de políticas de identificación y conocimiento de sus clientes –según corresponda– así como establecer políticas, criterios, medidas y procedimientos internos que les permitan identificar, conocer y mitigar los riesgos.

Para el diseño de esta metodología y manual de riesgos deberán cumplir con la identificación de los elementos e indicadores asociados a productos y servicios, tipos de clientes, países o áreas geográficas, transacciones y canales de envío o distribución vinculados con sus operaciones.

“En el caso de los manuales de riesgo, las empresas tendrán un plazo de 180 días para establecer e implementar su metodología y contarán con 360 días naturales para regularizar los expedientes de los clientes existentes”.

CONTROL INTERNO

Además, las ITF deberán contar con un órgano colegiado que se denominará “Comité de Comunicación y Control”, que tendrá, entre otras cosas, la obligación de aprobar y modificar los manuales de riesgo, establecer y difundir los criterios para la clasificación de los clientes y aprobar los programas de capacitación del personal.

En su estructura operativa, las IFT también deberán contar con un funcionario que se denominará oficial de cumplimiento, el cual será designado por el Consejo de Administración y cumplir con los siguientes requisitos: Ocupar un cargo dentro de las tres jerarquías inmediatas inferiores a la del director general de la ITF de que se trate y ser independiente de las unidades de la empresa encargadas de promover o gestionar los productos o servicios financieros que ésta ofrezca a sus clientes.

El oficial de cumplimiento no podrá tener funciones de auditoría interna y estará obligado a haber obtenido la certificación que otorga la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

*livm

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