Los trabajadores tienen derecho a recibir un salario y prestaciones acorde a los estándares establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Si un empleador decide reducir el salario de sus trabajadores debido a problemas financieros, es importante preguntarse si tal acción es legal.
Algunas empresas pueden reducir los salarios de sus empleados, siempre y cuando éstos estén de acuerdo.
Esta práctica no está exenta de legislación, pues la Ley Federal del Trabajo establece que el patrón puede reducir los salarios, siempre y cuando el trabajador lo acepte.
El patrón necesita informar al empleado con 30 días de antelación sobre la reducción de salario, y el empleado debe seguir recibiendo el salario de manera habitual hasta que entre en vigor la reducción.
Tras un período determinado, el trabajador debe decidir si acepta una reducción salarial impuesta por el patrón.
De no ser así, el artículo 51 permite que el afectado opte por la renuncia por despido injustificado.
El empleado puede recibir una indemnización equivalente a 3 meses de salario, además de proporciones de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Si ha trabajado por 15 años o más, también recibirá una prima de antigüedad de 12 días de salario por año de servicio, así como otras prestaciones.
Si estás en desacuerdo con tu remuneración y no deseas que se modifique o que seas despedido sin causa, puedes presentar una queja ante las autoridades.
Para ello, puedes recurrir a la Junta de Conciliación y Arbitraje, así como a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a través de los números 55 59 98 2000 Ext: 44740 y 44741, o al 800 717 2942 y 800 911 7877.
Si deseas denunciar, puedes enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Te solicitarán tu contrato de trabajo, comprobantes de salario, un aviso de inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social, identificación oficial y cualquier otro documento relacionado con tu relación laboral.
Además, necesitarán una copia de la INE de tres personas de confianza, preferiblemente que no sean familiares ni vivan en tu mismo domicilio.
CP