Hombres ya podrán cobrar pensión del IMSS por viudez

Se establece que los esposos que hayan dependido económicamente de sus esposas trabajadoras, podrán acceder a la pensión por viudez
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Se establece que los esposos que hayan dependido económicamente de sus esposas trabajadoras, podrán acceder a la pensión por viudez. Foto: Cuartoscuro.
Se establece que los esposos que hayan dependido económicamente de sus esposas trabajadoras, podrán acceder a la pensión por viudez. Foto: Cuartoscuro.

La reforma a la Ley del Seguro Social, en materia de igualdad de género, para que hombres cónyuges puedan cobrar la pensión por fallecimiento, de su pareja asegurada o pensionada.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular esta reforma. La modificación quedará en los artículos 64, 65, 84 y 130 de la Ley del Seguro Social. El dictamen se envió a la Cámara de Senadores para su análisis y votación.

Ahora, se establece que los esposos que hayan dependido económicamente de sus esposas trabajadoras, podrán acceder a la pensión por viudez.

En cuanto quede avalada por la Cámara de Diputados, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), estará obligado a pagar la pensión mensual al viudo o concubino, o la persona que haya sido cónyuge.

Para que el IMSS pague este derecho a pensión, se tendrá que hacer un ajuste al presupuesto del instituto. El gasto se incrementará en 71,86 millones de pesos a valor de 2019, lo que representa un incremento del 1.33% respecto al escenario actual, señala el dictamen.

Además, se establece que, a falta de cónyuge, la persona con quien haya vivido en concubinato, podrá recibir el pago de una pensión asegurada, durante los cinco años que preceden inmediatamente a la muerte de la derechohabiente.

La pensión se otorgará, siempre y cuando, ambas partes no hayan contraído matrimonio con otras personas, mientras vivían en concubinato. En caso de que la persona asegurada haya mantenido varias relaciones de concubinato, antes de morir, ninguna de las parejas recibirá la pensión.

Los legisladores, también señalan que la reforma es para garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación de todas las personas. Se hace énfasis en el derecho a el acceso a seguridad social para hombres y mujeres, y los distintos tipos de familia.

Actualmente el artículo 64 fracción II de la Ley del Seguro Social, señala que sólo la viuda del asegurado tendrá una pensión, que equivale al 40% de una incapacidad permanente total.

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