Reparto de utilidades 2024: 6 dudas básicas que podrían surgir

El reparto de utilidades es una de las prestaciones más esperadas. Como trabajador, es necesario que conozcas este derecho constitucional, por ello compartimos 6 dudas que puedes tener sobre el reparto de utilidades 2023
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Monedas de 20 pesos mexicanos sobre billetes
Reparto de utilidades 2023: 6 dudas básicas que podrían surgir. Foto: iStock

El reparto de utilidades es una de las prestaciones más esperadas. Como trabajador, es necesario que conozcas este derecho constitucional, por ello compartimos 6 dudas básicas que podrían surgir sobre el reparto de utilidades 2023. 

Lo primero que debes saber es que el reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores, que presta sus servicios a una persona física o moral a cambio de un salario, según indica la Secretaría del Trabajo. 

La población trabajadora tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen”, señala la Secretaría del Trabajo. 

A continuación te decimos 6 dudas básicas que podrían surgir sobre el reparto de utilidades 2023. Aquí te decimos cuándo pagan las utilidades 2023

1. Qué trabajadores reciben utilidades 

Todos aquellos trabajadores que presten sus servicios a una persona física o moral a cambio del pago de un salario tienen derecho a participar en el reparto de utilidades. 

Por otro lado, los trabajadores, exempleados eventuales y de planta también tienen derecho a recibir utilidades, aunque esto aplica en caso de que hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año. 

Otros trabajadores que reciben utilidades son aquellos que presten sus servicios en una empresa o establecimiento supliendo vacantes transitorias o eventuales, así como los que desempeñan labores extraordinarias o para obra determinada. 

2. Quiénes no tienen derecho a recibir utilidades 

De acuerdo con la fracción 1 del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas no participan en el reparto de utilidades. 

Tampoco reciben utilidades profesionistas, técnicos, artesanos y otros que hayan prestado sus servicios por honorarios, sin una relación laboral. 

A los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días no se les paga utilidades. Quienes se dediquen al trabajo doméstico tampoco pueden acceder a esta prestación. 

Persona saca billetes mexicanos de su cartera

Foto: iStock

3. Empresas que no pagan utilidades 

En la Ley Federal del Trabajo se indica que las empresas que están exentas de repartir utilidades son las siguientes: 

  • Empresas de nueva creación, durante el primer año de operaciones.
  • Compañías nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso, durante los dos primeros años.
  • Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Compañías que cuentan con un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Hay que señalar que las empresas que se fusionen, traspasen o cambien de nombre o razón social no se consideran de nueva creación. 

4. Cómo se calculan las utilidades 

Las empresas están obligadas a pagar 10 por ciento de sus utilidades a los trabajadores, y la cantidad que se reparte se divide en dos. 

En ese sentido, la primera mitad se distribuye entre los trabajadores de acuerdo a los días laborados en el año; la segunda parte es proporcional al nivel de ingresos. 

Ahora bien, el monto que te corresponde se determina según tu salario base y los días que hayas laborado en el año. 

Para este reparto, el salario que se considera como base es la cantidad que percibes por cuota diaria, ésta está fijada en tu contrato laboral. 

Calculadora sobre billetes mexicanos de diferente valor

Foto: iStock

5. Se pagan impuestos por recibir utilidades 

La respuesta a esta duda es SÍ, pero únicamente habrá retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) si la parte excede del equivalente a 15 días de salario. 

6. Los pensionados del IMSS e ISSSTE reciben utilidades

Los pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) NO reciben utilidades. 

Una vez que hayas dejado de laborar se pierde el derecho de participar en el reparto de utilidades. 

 

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