Colegio de Contadores Públicos de México A.C.

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25 Mar, 2013

Las Normas para Atestiguar: Dictamen del Seguro Social e Infonavit

C.P.C. Javier Juárez Ocoténcatl*

 

                A Carmen.

La actividad por tradición del contador público independiente es la emisión del dictamen sobre los estados financieros de una entidad, los cuales se basan en las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) (obligatorias a partir de enero de 2012).

Los informes de auditoría dan confianza y una seguridad razonable referente a que el contador expresa una opinión sobre si los estados financieros están preparados, por lo que la economía de un país descansa en la confiabilidad del público hacia que los resultados de sus operaciones reflejan la realidad.

Es por ello que si hablamos del sistema financiero de las empresas que cotizan en Bolsa, de acreedores inversionistas, de organismos reguladores, de autoridades fiscales, hablamos de que todos requieren la confianza de los informes de los auditores independientes. Esta confianza se debe al reconocimiento de la normatividad impuesta por nuestra profesión para la realización de este tipo de trabajos: código de ética, normas de control de calidad, entre otras.

Las Normas de Atestiguamiento

Los trabajos que efectúan los contadores se han ampliado, ya que se elaboran con características especiales debido a la naturaleza de los mismos, haciéndolos diferentes a los que se efectúan en las auditorías.

Es por ello que se elaboraron las Normas para Atestiguar, mismas que se desarrollaron para buscar una respuesta a las demandas de nuevos servicios como son: Informes sobre la efectividad del control interno, Dictámenes del Seguro Social e Infonavit, Contribuciones Locales, entre otras.

A partir del primero de noviembre de 2010 se hizo obligatorio el boletín 7010 de Normas para Atestiguar, el cual establece la importancia de las:

Normas Personales

Título Profesional, entrenamiento técnico y capacidad profesional. Se debe estar preparado técnicamente para llevar a cabo los trabajos de atestiguamiento.

Conocimiento del asunto del que se trate el trabajo.

Condiciones para poder llevar a cabo el trabajo para atestiguar. El Contador Público puede llevarlo a cabo solamente si tiene una razón para pensar que existen condiciones para evaluar la aseveración a revisar con criterios razonables establecidos por un cuerpo colegiado, o si los criterios se describen en la aseveración de una manera suficientemente clara para que el lector esté en posibilidades de entenderlos, por lo que debe de tener las siguientes características:

Relevancia y confianza

Cuidado y diligencia profesional. El contador público debe mantener una independencia en todos los asuntos relativos a sus trabajos a realizar.

Normas de ejecución del trabajo

Planeación y supervisión. En la planeación del trabajo se establece la selección de los procedimientos apropiados, así como la oportunidad de su aplicación, esto implica que también podemos apoyarnos de un especialista que estará dentro del equipo de atestiguamiento pero será responsable del trabajo que realice el contador público.

También se debe establecer con el cliente los términos y alcance de los servicios que se prestarán en el trabajo que se contrata. Un ejemplo es cuando el contador público no puede elaborar un trabajo al 100% en sus pruebas, si el Seguro Social emite una cédula de diferencias (SIVEPA) de un mes que no se incluyó en el alcance de la revisión, creando conflictos con el cliente por no poner los límites del mismo.

La extensión y oportunidad de la planeación variará con la naturaleza y complejidad de las aseveraciones y de las experiencias anteriores del contador público. Como parte del proceso de planeación se debe considerar cómo avanza en el trabajo de atestiguar, ya que las situaciones son  cambiantes y puede ser necesario modificar los procedimientos inicialmente planeados.

La supervisión implica dirigir los esfuerzos de los supervisores, encargados y ayudantes que participan en el cumplimiento de los objetivos del trabajo de atestiguar y determinar si cumplieron o no. Los elementos de la supervisión incluyen la instrucción del equipo que se integra a los trabajos de atestiguamiento, así como el adecuado seguimiento de los problemas que se van presentado en el transcurso del los trabajos.

Obtención de evidencia suficiente y competente. El contador público debe obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente con el fin de suministrar una base objetiva para su informe. Cabe mencionar que en los trabajos de atestiguamiento se debe incluir la evidencia como son fuentes independientes fuera de la entidad, la cual proporciona mayor seguridad que aquellas obtenidas dentro de la misma. En un trabajo de atestiguar diseñado para proporcionar el más alto nivel de seguridad sobre una aseveración (un examen), el objetivo del contador es acumular evidencia suficiente para limitar el riesgo de atestiguar, por lo que los papeles de trabajo deben reflejar la evaluación de todas las aseveraciones que efectuó y no llenarse de copias fotostáticas de los documentos del cliente, mismas que hacen voluminosos los legajos.

Normas de información

Los informes deben describir claramente las aseveraciones sobre lo que se informa; por ejemplo en un examen para efectos del Seguro Social, ¿cuáles serían las aseveraciones?

1. El patrón dio de alta a un trabajador.

2. El patrón cálculo el salario base de cotización.

3. El patrón dio de baja al trabajador, entre otras.

El informe debe presentarse con claridad y objetividad, la conclusión del contador acerca de las aseveraciones debe ser presentada de conformidad con los criterios establecidos con los que se midió. Éstas se evaluarán, se documentarán y se presentarán en un informe, por lo que es importante aclarar que cuando el contador haga este tipo de trabajos debe efectuarlos sobre las Normas para Atestiguar.

Por lo que si deseas profundizar en éste y otros temas, no dejes de asistir al curso de Auditoría de Seguridad Social Módulo 1, que se llevará a cabo el día 5 y 6 de abril en el Colegio de Contadores Públicos de México.

Este artículo refleja la opinión del autor  y no necesariamente del colegio. *Integrante de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del Colegio de Contadores
Públicos de México.

relacionespublicas@colegiocpmexico.org.mx

 

Aclaración:
El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista.