SAT ofrece nueva prórroga para la factura electrónica y e.firma

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgará una nueva prórroga para la emisión de la factura electrónica de nómina y para la obtención de la e.firma, específicamente entrará en vigor el 31 de marzo de 2023. 
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Logotipo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en color plateado.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgará una nueva prórroga para la emisión de la factura electrónica de nómina y para la obtención de la e.firma, específicamente entrará en vigor el 31 de marzo de 2023. Foto: Cuartoscuro

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgará una nueva prórroga para la emisión de la factura electrónica de nómina y para la obtención de la e.firma para las personas físicas que pertenezcan al Régimen Simplificado de Confianza, por lo que su obligación entrará en vigor el 31 de marzo de 2023. 

En un comunicado se recordó que derivado de la reforma fiscal para 2022 se incluyeron como datos obligatorios para el receptor del CFDI o factura electrónica nuevos campos, como son el RFC, el nombre, razón o denominación social, código postal del domicilio fiscal y el uso del certificado fiscal digital (CFDI). sin ninguna excepción.

Con el objetivo de que los datos que se proporcionen para la emisión de la nómina y aquellos que se encuentran en las bases de datos del SAT sean coincidentes, aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a emitir comprobantes fiscales de tipo nómina, tendrán la opción de realizarlo en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023. Lo anterior para que “durante dicho periodo puedan contar con todos los requisitos previstos en las disposiciones fiscales para la emisión del CDFI en su versión 4.0”, dijo el fisco. Cabe precisar que si el contribuyente conoce toda su información fiscal, como RFC, nombre o Razón Social, código postal del domicilio fiscal y régimen, puede entregarla a su empleador o emisor de factura, sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal.

Además, la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago.

En cuanto al Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas, se recordó que es una simplificación administrativa y de gestión que les permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera rápida, eficaz y sencilla, sin embargo, deben cumplir con algunos requisitos para tributar en dicho régimen, entre ellos, contar con la firma electrónica (e.firma).

En este sentido, con la finalidad de que los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza puedan cumplir con la obligación de contar con la e.firma y continuar disfrutando de los beneficios fiscales que ofrece este régimen, el SAT ha otorgado la facilidad para obtener la firma electrónica hasta el 31 de marzo de 2023, sin que esto implique un incumplimiento a las disposiciones fiscales. 

Por: Lindsay H. Esquivel 

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