La SCJN invalida la reforma eléctrica de López Obrador

Aunque el amparo se otorgó solo a las empresas que presentaron la queja, se reconoció que las consecuencias se extenderán a otros agentes del mercado
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Planta eléctrica y Amlo
La sentencia de la SCJN se aplicará de manera general a todos los agentes que participan en el mercado eléctrico nacional. Fotos: iStock / Cuartosuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma eléctrica propuesta por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador. Esta decisión se produce tras un amparo presentado por seis empresas.

Las compañías cuestionaron la constitucionalidad de los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica, en vigor desde el 10 de marzo de 2021. Estos cambios favorecían a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas que generan energía eléctrica.

La sentencia de la SCJN se aplicará de manera general a todos los agentes que participan en el mercado eléctrico nacional.

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¿Cuáles empresas se ampararon ante la reforma eléctrica de López Obrador?

Las empresas que obtuvieron el amparo son:

  1. Recursos Solares PV de México IV, S.A. de C.V.
  2. BNB Villa Ahumada Solar S. de R.L. de C.V.
  3. Engie Abril PV S. de R. L. de C.V.
  4. Eólica Tres Mesas 4 S. de R.L. de C.V.
  5. Tractabel Energía de Pánuco S.A. de C.V.
  6. Tractabel Energía de Monterrey S. de R.L. de C.V.

 

Aunque el amparo se otorgó solo a las empresas que presentaron la queja, se reconoció que las consecuencias se extenderán a otros agentes del mercado.

Las reformas impugnadas se consideraron barreras que obstaculizan la competencia efectiva en el mercado de generación de energía.

El sistema de prelación en el despacho de energía, que prioriza la energía de la CFE sobre las energías limpias, también se consideró contrario al principio de desarrollo sostenible. Se argumentó que esta práctica desplaza a las energías limpiasñ

La SCJN rechazó los argumentos del Ejecutivo federal y el Congreso de la Unión, que afirmaban que la reforma tenía como objetivo garantizar la seguridad en el suministro de energía y fortalecer a la CFE.

La Corte concluyó que lo estratégico en la prestación del servicio público de transmisión y distribución de energía es que el Estado mantenga su titularidad y rectoría, asegurando la modernización y expansión de la red eléctrica y la confiabilidad del servicio.

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