Al acudir a un restaurante elegimos una bebida para acompañar los alimentos, ya sea un refresco, un juego o hasta un café. Sin embargo, algunos podría preferir agua simple, ¿es legal que te la cobren?
De acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, los clientes de restaurantes, establecimientos de hospedaje, cafeterías, clubes privados y otros, tienen el derecho a recibir agua potable de forma gratuita.
Se deberá proporcionar de manera obligatoria y gratuita agua potable a los clientes que así lo soliciten”, menciona.
Esta ley aplica en la Ciudad de México, pero lamentablemente en muchos comercios se evade por completo.
Y esto no es todo, los clientes también tienen el derecho a conocer la lista de precios de alimentos y bebidas. Sin embargo, en muchos lugares el menú omite esos datos.
Por su parte la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) solicita a los bares y restaurantes exhibir claramente los precios, esto es el derecho a la información para los consumidores.
Toda la información de los bienes y servicios que te ofrezcan debe ser oportuna, completa, clara y veraz”, señala.
La próxima ocasión que te cobren un vaso de agua no te dejes, la ley y la Profeco te respaldan.
Con información de la LEM y de la Profeco
*amm