¿Quiénes sí y quiénes no deben presentar su Declaración Anual 2017?

La Prodecón brindará asesoría para presentar la Declaración Anual 2017
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Te aclaramos aspectos importantes. Foto: Pixabay
Te aclaramos aspectos importantes. Foto: Pixabay

CIUDAD DE MÉXICO.- La Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon) brindará asesoría en línea, telefónica y presencial a las personas físicas sobre la Declaración Anual correspondiente a 2017.

La fecha límite de presentación es el 30 de abril próximo. Para los contribuyentes que tienen dudas sobre qué necesitan para hacer su declaración, que pueden deducir o cómo presentarla, brindará asesoría de lunes a viernes en su horario regular de 09:00 a 17:00 horas en todas sus delegaciones.

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Horarios

En abril, los sábados 7, 14, 21 y 28, el horario será de 09:00 a 15:00 horas vía chat, atención telefónica (55) 1205 9000, lada sin costo 01 800 611 0190 y correo electrónico: atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx.

En tanto, el 21 y 28 de abril la Prodecon brindará atención presencial de 09:00 a 15:00 horas solamente en sus oficinas centrales ubicadas en Avenida Insurgentes Sur 954, colonia Insurgentes San Borja, Benito Juárez, Ciudad de México.

¿Qué puedes deducir?

Entre los gastos que pueden deducir en la declaración anual están los pagos por gastos hospitalarios, honorarios médicos, dentales y los derivados de una incapacidad o discapacidad médica.

También se pueden considerar los pagos por atención psicológica y nutrición del propio contribuyente, su pareja, padres e hijos, los cuales tuvieron que ser pagado con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, apuntó a través de un video informativo difundido en las redes sociales de la Procuraduría.

También puedes deducir la compra de lentes ópticos graduados hasta por dos mil 500 pesos; donativos a instituciones autorizadas, intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, primas de seguros de gastos médicos y gastos funerarios.

Desde 2017, otro rubro que se pueden deducir son las aportaciones que se realicen a los planes personas de retiro contratados de manera colectiva por la agrupación a la que pertenezca el trabajador, entre otros.

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Aspectos a tomar en cuenta

Las deducciones personas con las cuales las personas físicas pueden obtener una devolución de impuestos deberán aparecer reflejadas en la aplicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de la cual se presenta la declaración anual.

Las personas físicas tendrán que validar esta información precargada para presenta adecuadamente su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2018.

Para el llenado de la declaración anual, las personas físicas deben contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), contraseña, firma electrónica y la Clabe bancaria estandarizada vigente, así como verificar que sus ingresos estén precargados en la aplicación del SAT y, en su caso, tener a la mano los pagos a cuenta que realizaron en meses anteriores.

¿Quiénes deben presentarla?

Franco Vargas recordó que las personas físicas que están obligadas a presentar la declaración anual son: Todos los asalariados que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2017 y los que obtuvieron ingresos de dos o más empleadores de manera simultánea.

Además, los que percibieron ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de organismos internacionales; los que lograron ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, los que percibieron ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, entre otros.

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¿Quiénes no deben presentarla?

La Prodecon aclaró que quedan relevados de presentar la declaración anual quienes hayan obtenido ingresos por intereses nominales hasta por 20 mil pesos y los asalariados que obtuvieron ingresos superiores a 400 mil pesos de un patrón que emitió recibos de nómina a través de comprobantes fiscal digital por Internet (CFDI).

“Recuerda que el 30 de abril es el último día para presentar la declaración anual a través de www.sat.gob.mx- Si tienes dudas, acude a Prodecon, nuestros expertos pueden asesorarte. No olvides que las multas por incumplimiento pueden ser de mil 400 pesos”, dijo.

*dp

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