¿Qué es y cómo se hace el Retiro por Beneficiarios del IMSS?

Tu dinero - 16 Feb, 2021
El Retiro por Beneficiarios del IMSS es cuando el trabajador titular de la cuenta Afore fallece, y los recursos se heredan a sus beneficiarios. Foto: Pixabay.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Retiro por Beneficiarios del IMSS es cuando el trabajador titular de la cuenta Afore fallece, y los recursos se heredan a sus beneficiarios para que ellos puedan disponer de ese dinero.

Existen 2 tipos de beneficiarios

Legales

  • Que son los que contemplan la Ley del Seguro Social
  • Viuda, o viudo, si dependió económicamente del trabajador
  • Los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o estudian hasta los 25 años), siempre y cuando no estén casados.
  • Los padres, sólo en el caso de que vivieran en el mismo hogar que el trabajador.
  • La concubina, o el concubinario, si dependió económicamente del trabajador.

Sustitutos

A falta de los legales. No tienen derecho a pensión, pero si pueden disponer de los recursos de la cuenta Afore. La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, será quien emita la resolución para que sean designados como beneficiarios.

¿Qué requisitos y documentos se necesitan para realizar el retiro?

  • Tener derecho a una pensión por parte del IMSS, o haber sido designado beneficiario por parte de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Documentos

  • Identificación oficial (del titular y beneficiario).
  • Algún documento que contenga el Número de Seguridad Social del titular de la cuenta emitido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE.
  • Acta de Nacimiento (del titular y beneficiario).
  • Certificado de Defunción del titular de la cuenta.
  • CURP (del titular y beneficiario).
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de 3 meses (servicio de luz, agua, gas, boleta del predial, telefonía fija y certificación de la Presidencia Municipal).
  • Un estado de cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos o contrato de administración de fondos para el retiro firmado con la AFORE.
  • RFC del trabajador fallecido.
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • En el caso de la esposa tendrá que llevar su Acta de Matrimonio.
  • En el caso de la concubina se tendrá que presentar Testimonial de Concubinato.
  • En el caso de hijo menor de 16 años el Acta de Nacimiento que compruebe la relación paterno filial.
  • En el caso del hijo de 16 a 25 años deberá presentar una Constancia de Estudios que acredite que se encuentra estudiando en escuelas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional.
  • En caso de los hijos que no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad deberán presentar el formato ST-6 Dictamen de beneficiario incapacitado, solicitado en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) u Hospital con servicio de Salud en el Trabajo que le corresponde al beneficiario. 
  • En el caso de los padres del titular deben de llevar un Testimonial de Convivencia y un Testimonial de Dependencia Económica tramitado ante una autoridad judicial.
  • Resolución de pensión o de Negativa de pensión, o bien, el laudo correspondiente que designe a los beneficiarios emitido por La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
  • Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo Aportaciones Voluntarias a su cuenta AFORE).

¿Qué pasos se deben seguir para hacer el trámite?

  • a) En caso de ser Beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS, para que te emita la resolución de pensión correspondiente. b) En caso de ser Beneficiario Sustituto, acude a la La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que te designa como beneficiario o bien, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría jurídica gratuita.
  • Acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos antes mencionados y llenar el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán ahí.
  • Una vez procesada la solitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.
  • ¿Qué recursos se entregan de la cuenta Afore?

    A) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:

    • Retiro 97 (recursos acumulados del 1 de julio de 1997 a la fecha)
    • Vivienda 97 (recursos acumulados del 1 de julio de 1997 a la fecha)
    • SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
    • Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

    B) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social del 97:

    • SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)
    • Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997)

    Las personas que no tengan derecho a una pensión, obtendrán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

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